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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (02/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 2 de junio de 2006 320075REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 179-2006-RE Lima, 1 de junio de 2006VISTO: El Oficio Nº 007-06/PCD/INANPE/RE del 10 de mayo de 2006, emitido por el Instituto Antártico Peruano, mediante el cual solicita al Ministerio de RelacionesExteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2006 a la Secretaría del Tratado Antártico -STA de la cual el Perú es miembro; CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, estableceexpresamente que las cuotas a los Organismos Internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto delMinisterio de Relaciones Exteriores o al Presupuesto Institucional de cada una de las entidades y son aprobadas por Resolución Suprema; Que, mediante Oficio Nº 007-06/PCD/INANPE/RE del 10 de mayo de 2006, el Instituto Antártico Peruano solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de laResolución Suprema que autorice el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2006 a la Secretaría del Tratado Antártico - STA de la cual el Perúes miembro; Que, es necesario que el Perú cumpla con la obligación de pagar las cuotas que le corresponden antelos organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas e incrementar el beneficio de los flujos decooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota voluntaria a la Secretaría del Tratado Antártico- STA, con cargo al presupuesto del Instituto Antártico Peruano - INANPE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Antártico Peruano - INANPE, a efectuar el pago de la cuota voluntaria correspondiente al año 2006 a la Secretaría del TratadoAntártico - STA, por el monto de US$ 18,836.00 (Dieciocho mil Ochocientos treinta y seis y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores;Pliego Presupuestal Nº 081 - Instituto Antártico Peruano - INANPE. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 09801 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 180-2006-RE Lima, 1 de junio de 2006VISTO: El Oficio Nº 007-06/PCD/INANPE/RE del 10 de mayo de 2006, emitido por el Instituto Antártico Peruano, mediante el cual solicita al Ministerio de RelacionesExteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2005 al Consejo de Administradores de losProgramas Nacionales Antárticos - COMNAP del cual el Perú es miembro; CONSIDERANDO:Que, el artículo 67º, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, estableceexpresamente que las cuotas a los Organismos Internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto delMinisterio de Relaciones Exteriores o al Presupuesto Institucional de cada una de las entidades y son aprobadas por Resolución Suprema; Que, mediante Oficio Nº 007-06/PCD/INANPE/RE del 10 de mayo de 2006, el Instituto Antártico Peruano solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de laResolución Suprema que autorice el pago de la cuota voluntaria correspondiente al ejercicio 2005 al Consejo de Administradores de los Programas NacionalesAntárticos - COMNAP del cual el Perú es miembro; Que, es necesario que el Perú cumpla con la obligación de pagar las cuotas que le corresponden antelos organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas e incrementar el beneficio de los flujos decooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota voluntaria al Consejo de Administradores delos Programas Nacionales Antárticos - COMNAP , con cargo al presupuesto del Instituto Antártico Peruano - INANPE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Antártico Peruano - INANPE, a efectuar el pago de la cuota voluntariacorrespondiente al año 2005 del Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antárticos - COMNAP , por el monto de AUD 6,500.00 (Seis MilQuinientos y 00/100 Dólares Australianos). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargoal Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores; Pliego Presupuestal Nº 081 - Instituto Antártico Peruano - INANPE. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 09802 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 181-2006-RE Lima, 1 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Consultiva de Relaciones Exteriores fue creada por Decreto Supremo del 14 de agosto de1872, para dotar de un carácter de Estado a las decisiones de política exterior que atañan a los intereses nacionales permanentes; Que, el artículo 15º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone que la Comisión Consultiva del Ministerio de RelacionesExteriores es la encargada de absolver consultas y emitir opiniones sobre los asuntos de orden internacional que el señor Ministro ponga a su consideración; Que, resulta necesario designar a un nuevo integrante de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores, de reconocida capacidad,