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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (02/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320058El Peruano viernes 2 de junio de 2006 6.13. FUNCIONES DEL TECNÓLOGO MÉDICO EN LA ESPECIALIDAD DE TERAPIA FÍSICA O TERAPIA OCUPACIONAL a. Participar en la evaluación psicopedagógica, elaboración del informe y la formulación del Plan de Orientación Individual de los niños(as) del Programa. b. Elaborar y aplicar las adaptaciones curriculares individuales, así como sus respectivos indicadores de logro en el Área de Discapacidad Intelectual. c. Desarrollar actividades de estimulación en base a los patrones de desarrollo psicomotor del niño (a). d. Recomendar las adaptaciones de acceso y promover el uso de ayudas biomecánicas que requiera el niño(a). e. Asegurar la participación comprometida y permanente de la familia del niño(a) que garantice la continuidad de la acción educativa en el hogar. 6.14. FUNCIONES DEL TRABAJADOR(A) SOCIAL a. Elaborar el informe sobre la situación sociofamiliar de los niños(as) del Programa. b. Participar en la evaluación psicopedagógica, y la formulación del Plan de Orientación Individual de losniños(as) del Programa. c. Participar en la elaboración de la propuesta de adaptaciones curriculares individuales, así como losrespectivos indicadores de logro. d. Organizar, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de las acciones de apoyo familiar en casa,que designe cada especialista. e. Orientar e impulsar, conjuntamente con los demás profesionales del programa, campañas para lamovilización social y la sensibilización a favor de la prevención, atención oportuna e inclusión educativa y el cambio de actitudes hacia las personas condiscapacidad. 6.15. DEL ROL DE LA FAMILIALa familia participa reforzando y complementando la atención que brinda el PRITE a través del equipointerdisciplinario. En tal sentido le corresponde: a. Proporcionar información sobre las características del niño(a) para la evaluación psicopedagógica, elaboración y actualización del Plan de Orientación Individual. b. Colaborar en la elaboración de materiales educativos con recursos del entorno y en la adaptación de elementos de uso diario, de acuerdo a las necesidades del niño(a). c. Participar en las actividades que el Programa propone. d. Participar a través de su representante en el CONEI en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT) del PRITE. e. Colaborar a través del representante del CONEI con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de atención y la jornada laboral delpersonal docente y profesionales no docentes del PRITE. f. Participar activamente en las sesiones educativas individualizadas que recibe de los profesionales delPrograma, capacitándose para continuar la atención de su menor hijo en el hogar. g. Aplicar las recomendaciones que le brindan los profesionales del PRITE orientadas a lograr una mejor interacción con su menor hijo. h. Participar en las reuniones de Escuela de Padres y en los grupos de apoyo. 6.16. REQUISITOS BÁSICOS PARA LA SELECCIÓN DEL PERSONAL DEL PRITE En concordancia con el Art. 58º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, son requisitos básicos para prestar servicios en el PRITE, los siguientes: a. Tener título profesional pedagógico y la especialidad requerida para el servicio. b. Gozar de buena salud física y psicológica acreditada con el certificado expedido por el Ministerio de Salud en las dependencias hospitalarias. Dicha certificación será actualizada cada año.c. No registrar antecedentes penales por delito doloso. d. Estar colegiado. 6.17. DE LOS REQUISITOS ESPECÍFICOS 6.17.1. Del Director: a. Título profesional en educación inicial con especialización en Educación Especial. b. Tener una experiencia mínima de cinco años en trabajo con niños menores de 5 años. c. Estudios en gestión pedagógica, institucional o administración educativa. 6.17.2. Del personal docente: a. Con título profesional pedagógico: - Con especialización en educación especial. - Tener experiencia mínima de dos años en el trabajo con niños(as) menores de 5 años. - Para los docentes, de preferencia tener estudios de Atención o Intervención Temprana. b. Con título profesional no pedagógico:- Título profesional de Licenciado en Ciencias Sociales o Ciencias de la Salud. - De preferencia tener estudios de Segunda especialidad en Educación, Atención o Intervención Temprana. - Tener experiencia mínima de tres años en el trabajo con niños(as) menores de 5 años. - El Terapista Físico u Ocupacional debe tener mínimo tres años de experiencia en psicomotricidad. - El(la) Trajador(a) Social debe tener mínimo tres años de experiencia en el ámbito educativo. 6.18. DEL FUNCIONAMIENTO DEL PRITE - Los PRITE para iniciar sus actividades deben contar con la autorización de funcionamiento, mediante Resolución de la DRE o UGEL, según corresponda deacuerdo a las normas vigentes. - Los instrumentos de gestión del PRITE son: el Proyecto Educativo Institucional-PEI, el Proyecto Curricular de Programa-PCP , el Plan Anual de Trabajo-PAT, el Reglamento Interno-RI y el Informe de Gestión Anual. - La Jornada semanal del PRITE es de 30 horas, el personal dedicará el 10% de ese tiempo a labores administrativas que comprenden además las acciones de prevención y detección de las NEE asociadas o no adiscapacidad y el 90% restante a trabajo efectivo con los niños(as) y los padres de familia. - Los profesionales del PRITE, nombrados o contratados, harán uso de su periodo vacacional en forma rotativa, a fin de no interrumpir la atención del servicio educativo durante el año. - Los recursos de los PRITE provienen: - Del Tesoro público- Recursos que generan la institución - Donaciones de personas naturales o jurídicas - Otras fuentes de cooperación locales, nacionales o internacionales. - El CONEI cautela y vigila la ejecución del presupuesto participativo anual del Programa, que debe ser concordante con el Proyecto Educativo Institucional. 6.19. INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA: 6.19.1. La infraestructura destinada para el funcionamiento del PRITE estará de acuerdo a las normas técnicas elaboradas por la Oficina de Infraestructura Educativa-OINFE, específicas para la Educación BásicaEspecial. 6.19.2. El local donde funciona el PRITE contará con las áreas y condiciones siguientes: a. Aula de estimulación, con una área de 2 m2 por alumno; ambiente destinado al trabajo administrativo yreuniones de coordinación técnica; ambiente ó área de espera; sala multiusos para actividades piscomotrices, ludoterapia o juegos; cambiador de pañales; almacén