Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2006 (03/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 3 de junio de 2006

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Formalizan reversion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 063-2006/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2006 Visto el Expediente Nº 00605-97, correspondiente al tramite de formalizacion de reversion de dominio a favor del Estado, del terreno de 1,846.44 m², ubicado en la Urbanizacion Rinconada del Lago, MORDAZA Etapa, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en merito al Decreto Ley Nº 18460, mediante Resolucion Ministerial Nº 615-78-VC-4400 de fecha 15 de setiembre de 1978, se adjudico en venta a favor de la Congregacion de Misioneras San MORDAZA de MORDAZA, los terrenos eriazos denominados lote 1 y 2 de 1,750.00 m² y 2,001.89 m² respectivamente, ubicados en la MORDAZA Etapa de la urbanizacion Rinconada del Lago, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para ser destinado a la ampliacion del colegio MORDAZA del MORDAZA, acto que no se inscribio en el Registro de Predios de Lima; Que, a efectos de regularizar las adjudicaciones citadas en el parrafo precedente, mediante Resolucion Ministerial Nº 101-80-VC-5600, de fecha 6 de marzo de 1980, en aplicacion de la Ley Nº 11061 y Decretos Leyes Nºs. 14197 y 17716, se dispuso la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado de los terrenos MORDAZA indicados; acto que no se inscribio en el Registro de Predios de Lima; Que, de acuerdo con el Certificado Catastral de fecha 21 de febrero de 2006 emitido sobre la base del Informe Tecnico N° 0941/2006-SUNARP-Z:R:Nº IX/OC de fecha 10 de febrero de 2006, se ha determinado que una fraccion del terreno de 2,001.81 m², descrito en el primer considerando, correspondiente a un area de 1 940.36 m² se encuentra comprendido en el predio de 2,000.00 m² inscrito en el tomo 1830 de fojas 271 del Registro de Predios de MORDAZA a favor de terceros; que respecto de esta area y mediante Oficio Nº 2289-2005-MDLM-GDU/ SGOPHUC de fecha 8 de noviembre de 2005, la Municipalidad de La MORDAZA senala la existencia de un area util de 1,846.44 m²; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333, cuyo precedente normativo lo constituye el Decreto de Urgencia N° 014-2000, reglamentado por el Decreto Supremo N° 007-2000-PCM, autoriza a la Superintendencia de Bienes Nacionales a expedir resoluciones indicando los terrenos que por su condicion de eriazos revirtieron al dominio del Estado en merito a las Leyes Especiales N° 11061, Nº 14197, Nº 17716, Nº 17719, Nº 18460, Nº 19462, Nº 19955 y demas disposiciones conexas y complementarias; estableciendose asimismo, que por el solo merito de dichas resoluciones se procedera a cancelar los asientos registrales, si los hubiera, extendidos a favor de terceros; Que, en el presente caso resulta procedente expedir la resolucion disponiendo la regularizacion de la reversion con la consiguiente cancelacion parcial del dominio de terceros sobre el area de 1,846.44 m² que forma parte del predio de mayor extension inscrito en el tomo 1830 de fojas 271 del Registro de Predios de MORDAZA, proceder a su independizacion en via de regularizacion a favor del Estado; Que, los incisos p) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la

Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, a formalizar la reversion de terrenos eriazos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25556, modificado por Decreto Ley N° 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo N° 007-2000-PCM y Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0059-2006-SBN-GO-JAR de fecha de 24 de MORDAZA de 2006; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Formalizar la reversion de dominio a favor del Estado, en via de regularizacion del terreno de 1,846.44 m², ubicado en la Urbanizacion Rinconada del Lago, MORDAZA Etapa, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, procedera a cancelar el dominio de terceros en el terreno de 1,846.44 m², que forma parte del predio inscrito en el tomo 1830 de fojas 271 del Registro de Predios de MORDAZA, independizando en via de regularizacion a favor del Estado, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 09746

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje de funcionarios de la Direccion Regional de Agricultura a Colombia, para participar en el curso "El Desarrollo y Gestion Territorial Agraria"
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 170-2006-GRA/PR VISTO; Los Oficios Nºs. 092-2006-GRA/PR de 18 de MORDAZA del 2006 y 1077-2006-GRA/PR-DRAG de 24 de MORDAZA del 2006, de la Presidencia Regional y de la Direccion Regional de Agricultura, mediante los cuales se solicita y acredita la participacion de funcionarios del Gobierno Regional de MORDAZA, al Curso Especializado "El Desarrollo y Gestion Territor ial Agraria", a desarrollarse en la Republica de Colombia, Bogota, desde el 28 de MORDAZA al 2 de junio del ano en curso; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y normatividad conexa, es necesario conferir la autorizacion correspondiente para la asistencia de funcionarios a un evento de alta especializacion, organizado en forma tripartita por el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN), Instituto Interamericano de Capacitacion MORDAZA (IICA) y el Ministerio de Agricultura, para cuyo efecto debe expedirse el acto administrativo respectivo; y, De conformidad con lo establecido en las Leyes Nºs. 27619, 27867, 27902, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia Regional;

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