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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320178El Peruano sábado 3 de junio de 2006 RESOLUCIÓN Nº 050-2006-MML-GDU-SPHU Lima, 5 de mayo de 2006 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTOS, los Codificados Nº 23432-2006 y Nº 27950-2004, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, solicita la Ratificación de la Resolución GerencialNº 127-2004-GDU-GCDL-MSS, emitida con fecha 2 de marzo de 2004, promovida por MIGUEL REVILLA ALFARO; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 127-2004-GDU-GCDL-MSS, de fecha 2 de marzo de 2004 (fs. 79 al 83) emitida por laMunicipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve declarar cumplida de conformidad con los Planos de Replanteo signados con el Nº 006.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS al Nº 006.03.2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media Tipo R-4, correspondienteal terreno de 9,805.00m², de los cuales 254.00m² corresponden al área no recepcionada de la 1 Etapa, y 9,551.00 m² corresponden a la denominada 2º Etapa de lahabilitación, cuyo terreno se encuentra inscrito de manera independizada en la Partida Nº 1316104, y se halla constituido por el lote Nº 21 del ex Fundo Villanueva, ubicadoen el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, siendo éste conformante de un área mayor de 15,600.00m², sobre el que se aprobaron los proyectos deTrazado, Lotización, pavimentación de calzadas y aceras del PROGRAMA MIVIVIENDA, precisándose que las obras de esta Segunda Etapa, han sido ejecutadas de conformidadcon la Resolución Nº 049-2002-RASS de fecha 23-01-2002; Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida Electrónica 44855712, Ficha Nº 1316104 de la ZonaRegistral Nº IX - Sede Lima ( fs. 54); Que, con Informe Nº 015-2006-MML-GDU-SGPHU- DCO, de fecha 13 de marzo de 2006 (fs. 139 y 140), dela División de Control de Obras concluye que los actuados deben pasar al Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas para que emitapronunciamiento respecto a la factibilidad de aplicar la Ordenanza Nº 836-MML, con respecto a los aportes reglamentarios en el presente procedimiento deratificación de la Resolución Nº 908-2003-RASS a efectos de superar la discrepancia en la aplicación de los porcentajes de aportes reglamentarios establecidos entrela Ordenanza Nº 292 y el Decreto Supremo Nº 030- 2002-MTC emitido por el Gobierno Central; Que, mediante Informe Nº 80-2006-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 22 de marzo de 2006 (fs. 141 al 143), el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas se manifiesta en el sentido que es factible aplicarla Ordenanza Nº 836, para el presente caso, tomando en consideración lo establecido en el Art. III del Título Preliminar del Código Civil y en base a los principios deInformalismo, Eficacia y Celeridad que se detallan en el Título Preliminar de la Ley Nº 27444, asimismo, que al proyectarse un pronunciamiento favorable sobre el fondo del asunto, ya no resulta necesario pronunciarse sobre elSilencio Administrativo Positivo solicitado por el administrado en el Codificado Nº 27950-2004, de acuerdo al Principio de Eficacia aludido, ya que al resolverse elCodificado Nº 23432.2006 se resuelve también elCodificado Nº 27950-2004, recomendándose que esteúltimo codificado corra junto al Codificado Nº 23432.2006como antecedente, además señala acerca de la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 776-MML, emitida por esta Corporación, precisando que la MunicipalidadMetropolitana de Lima es la entidad competente paraaprobar y normar los distintos procedimientos deHabilitación Urbana, estableciendo la no aplicabilidad paraestos procedimientos que se desarrollen en la provincia de Lima, del Texto Único Ordenado, del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto SupremoNº 010-2005-VIVIENDA, por lo que la MunicipalidadMetropolitana de Lima seguirá tramitando losprocedimientos de Ratificación en materia de HabilitacionesUrbanas; en consecuencia, habiéndose determinado técnicamente en la presente Habilitación Urbana elcumplimiento de los Planes Urbanos, respecto a Zonificación, Vías y Aportes Reglamentarios a los que se encuentra afecto el terreno materia del presente trámite;corresponde a esta Corporación en arreglo a las facultadesdispuestas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, Ordenanza Nº 776 - MML, Ordenanza Nº 812- MML y la Resolución de Alcaldía Nº 2546, resolver el presente procedimiento Ratificando la ResoluciónGerencial Nº 127-2004-GDU-GCDL-MSS, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Que, con Informe Nº 081-2006-MML-GDU-SPHU- AL (fs.144) de fecha 31 de marzo de 2006, el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas señala que se ha emitido la Resolución Nº 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006, en la que se resuelve delegar la competencia administrativa para la emisión de Resoluciones en los procedimientosde Ratificación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; Que, con el visto bueno del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, de la División de Control de Obras; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Ley Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 836- MML Nº 341-MML, Nº 812-MML, Nº 776-MML , Resolución deAlcaldía Nº 2546 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución Gerencial Nº 127-2004-GDU-GCDL-MSS, emitida con fecha 2 de marzo de 2004 por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve declarar cumplidas de conformidadcon los Planos de Replanteo signados con el Nº 006.01- 2004 - SGACO -GDU-GCDL-MSS al Nº 006.03.2004- SGACO-GDU-GCDL-MSS, la ejecución de las Obras deHabilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media Tipo R-4, correspondiente al terreno de 9,805.00m², de los cuales 254.00m² corresponden al área norecepcionada de la 1 Etapa, y 9,551.00 m² corresponden a la denominada 2º Etapa de la habilitación, cuyo terreno se encuentra inscrito de manera independizada en la PartidaNº 1316104, y se halla constituido por el lote Nº 21 del ex Fundo Villanueva, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, siendo éste conformantede un área mayor de 15,600.00m², sobre el que se aprobaron los proyectos de Trazado, Lotización, pavimentación de calzadas y aceras del PROGRAMAMIVIVIENDA, precisándose que las obras de esta Segunda Etapa, han sido ejecutadas de conformidad con la Resolución Nº 049-2002-RASS de fecha 23-01-2002. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al señor MIGUEL REVILLA ALFARO y a la Municipalidad de Santiago de Surco, para su conocimientoy fines. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y a la DivisiónTécnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIELLA BUENO OTINIANO Subgerente Subgerencia de Planeamiento yHabilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 09745 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-A-2006-SEGE-06-MDEA El Agustino, 23 de mayo de 2006