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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 3 de junio de 2006 320177REPUBLICADELPERU /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E /G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G64/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65 /G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20 /G64/G65/G20 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G53/G75/G72/G63/G6F RESOLUCIÓN Nº 034-2006-MML-GDU-SPHU Lima, 27 de abril de 2006LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTOS, los Codificados Nº 23429-2006 y Nº 2834- 2004, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, solicita la Ratificación de la Resolución Nº 908-2003-RASS, emitida con fecha 20 de octubre de 2003, promovida por MIGUEL REVILLA ALFARO; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 908-2003-RASS, de fecha 20 de octubre de 2003 (fs. 101 al 103) emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve declarar cumplidas la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana para uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 6,049.00 m², constituido por el lote Nº 21A del ex Fundo Villanueva, denominada Primera Etapa de un área mayor de 15,600.00 m², ubicada en la jurisdicción del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 44605163, Ficha 369970 de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima. (fs. 22); Que, con Informe Nº 014-2006-MML-GDU-SGPHU- DCO, de fecha 13 de marzo de 2006 (fs. 212 y 213), de la División de Control de Obras concluye que los actuados deben pasar al Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas para que emita pronunciamiento respecto a la factibilidad de aplicar la Ordenanza Nº 836-MML, con respecto a los aportes reglamentarios en el presente procedimiento de ratificación de la Resolución Nº 908-2003-RASS a efectos de superar la discrepancia en la aplicación de los porcentajes de aportes reglamentarios establecidos entre la Ordenanza Nº 292 y el Decreto Supremo Nº 030- 2002-MTC emitido por el Gobierno Central; Que, mediante Informe Nº 68-2006-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 21 de marzo de 2006 (fs. 214 al 216), el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas se manifiesta en el sentido que es factible aplicar la Ordenanza Nº 836, para el presentecaso, tomando en consideración lo establecido en el Art.III del Título Preliminar del Código Civil y en base a losprincipios de Informalismo, Eficacia y Celeridad que se detallan en el Título Preliminar de la Ley Nº 27444, asimismo, que al proyectarse un pronunciamientofavorable sobre el fondo del asunto, ya no resulta necesario pronunciarse sobre la solicitud de Silencio Administrativo Positivo solicitado por el administrado enel Codificado Nº 2834-2004, ya que al resolverse el Codificado Nº 23429-2006 se resuelve también el Codificado Nº 2834-2004, recomendándose que esteúltimo corra junto al Codificado Nº 23429.2006 como antecedente, además señala acerca de la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 776-MML, emitida por estaCorporación, precisando que la Municipalidad Metropolitana de Lima es la entidad competente para aprobar y normar los distintos procedimientos deHabilitación Urbana, estableciendo la no aplicabilidad paraestos procedimientos que se desarrollen en la provincia de Lima, del Texto Único Ordenado, del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, DecretoSupremo Nº 010-2005-VIVIENDA, por lo que la Municipalidad Metropolitana de Lima, seguirá tramitando los procedimientos de Ratificación en materia deHabilitaciones Urbanas; en consecuencia, habiéndose determinado técnicamente en la presente Habilitación Urbana el cumplimiento de los Planes Urbanos, respectoa Zonificación, Vías y Aportes Reglamentarios a los que se encuentra afecto el terreno materia del presente trámite; corresponde a esta Corporación en arreglo alas facultades dispuestas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, la Ordenanza Nº 776 -MML, Ordenanza Nº 812-MML y Resolución de AlcaldíaNº 2546, resolver el presente procedimiento Ratificandola Resolución Nº 908-2003-RASS, emitida por laMunicipalidad Distrital de Santiago de Surco; Que, con Informe Nº 079-2006-MML-GDU-SPHU- AL (fs. 217) de fecha 31 de marzo de 2006, el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas señala que se ha emitido la Resolución Nº 33- 2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006, en la que se resuelve delegar la competencia administrativa para la emisión de Resoluciones en los procedimientos de Ratificación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; Que, con el visto bueno del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y de la División de Control de Obras; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Ley Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 836-MML , Nº 341-MML, Nº 812-MML, Nº 776-MML, Resolución de Alcaldía Nº 2546 y Resolución Nº 33- 2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución Nº 908- 2003-RASS, emitida con fecha 20 de octubre de 2003 por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve declarar cumplidas la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana para uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 6,049.00 m², constituido por el lote Nº 21A del ex Fundo Villanueva denominada Primera Etapa de un área mayor de 15,600.00 m² ubicada en la jurisdicción del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al señor MIGUEL REVILLA ALFARO y a la Municipalidad de Santiago de Surco, para su conocimiento y fines. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y a la División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia deDesarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIELLA BUENO OTINIANO Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 09743Nº PROCEDIMIENTO DERECHO ( I ) COSTO ( C ) % COBERTURA % UIT S/. S/. (I / C) 18.05 Descargo de papeleta de infracción y recursos administrativos 18.05.2 Reconsideración 0.625% 20.000 23.900 0.837 18.05.3 Apelación 1.031% 32.992 34.130 0.967 Fuente. Municipalidad Distrital de La Molina Elaboración: SAT -Gerencia de Asuntos Legales 09781