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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (08/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320640El Peruano jueves 8 de junio de 2006 LA SUBGERENCIA DE LICENCIAS Y HABILITACIONES URBANAS VISTO: La solicitud sobre Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana Nueva con Construcción Simultánea de Vivienda - Programa MIVIVIENDA formulada por la empresa VADEMEC S.A., quien señaladomicilio legal en Av. Tomás Marsano Nº 2813 Oficina 610 distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 23.12.2005, la empresa VADEMEC S.A. solicita mediante Expediente Nº 027550200521 la Modificación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva con Construcción Simultánea- Programa MIVIVIENDAque se denominará: “Alameda de la Castellana” y se desarrollará sobre del terreno de 10,285.00 m2 ubicado en el Fundo Naranjuelo con frente a la Av. ProlongaciónPaseo La Castellana esquina con calle San Borja en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, calificado según el Certificado de Zonificación y VíasNº 081-2005-SGPYC-GCDL-MSS con Zonificación R5 Residencial de Alta Densidad y PZ Parque Zonal; Que, de acuerdo a la documentación que obra en archivo se advierte que mediante Resolución Gerencial Nº 133-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 5.3.2004, se aprobó el proyecto de Habilitación Urbana Nueva conConstrucción Simultánea de Vivienda Programa MI VIVIENDA del referido terreno, observándose que del área bruta descrita: 10,115.75 m2 se encuentrancalificados con Zonificación Residencial I1- R4 y 169.25 m2 corresponden a Parque Zonal (PZ). Actualmente, de acuerdo a la Ordenanza Nº 181-MSS la ZonificaciónResidencial I1- R4 ha sido reajustada a R5 Residencial de Alta Densidad; Que, tal como se señala en el Informe Nº 529-2006- SGLHU-GDU-MSS de fecha 23.2.2006 aún no se han iniciado las obras de Habilitación Urbana. Así mismo se observa que la modificación solicitada se refiere básicamentea la variación de la sección y trazo de la Calle San Borja cuya calzada ha sido ejecutada como parte de las obras de Habilitación Urbana del lote colindante de propiedad dela empresa J.J.C Inmobiliaria S.A, que modificó el diseño geométrico de la referida calle con la finalidad de lograr un trazo que respete la equidad en la cesión de áreas ycuyo diseño fue propuesto y aceptado por ambos propietarios. Dicha vía cuenta a la fecha con una sección total de 11.40 ml de los cuales 5.40 ml corresponden acalzada, 1.20 ml para vereda a ambos lados y 1.80 ml para bermas laterales. Esta modificación ha sido aceptada por esta Corporación en la Recepción de Obrasotorgada a la empresa JJC Inmobiliaria S.A. mediante Resolución Sub Gerencial Nº 062-2006-SGLHU-GDU- MSS; Que, respecto a los Aportes Reglamentarios, se ha cumplido con cancelar el Déficit de Aporte al Ministerio de Educación y se ha cancelado ante estaMunicipalidad el equivalente a 640.01 m2 por concepto de déficit de Aporte Reglamentario para Recreación Pública quedando pendiente el pago por 169.25 m2que deberán ser cancelados antes de la Recepción de Obras; Que, con fecha 23.02.2006 se presentó el expediente ante la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de Santiago de Surco, la misma que en su Sesión Nº 002-2006 emitió elDictamen FAVORABLE con relación a la solicitud formulada por la administrada señalando lo siguiente: La Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanasaprueba la Modificación del Proyecto de Habilitación Urbana presentado por la empresa VADEMEC S.A., aceptando el replanteo del trazo y sección de la calleSan Borja en mérito al acuerdo suscrito entre la administrada y la empresa J.J.C Inmobiliaria S.A. propietaria de lote colindante y conforme a lo aprobadoen la Resolución Sub Gerencial Nº 062-2006-SGLHU- GDU-MSS. La administrada deberá cancelar el Déficit de Aporte Reglamentario para Recreación Públicaequivalente a 169.25 m2 pendiente de pago antes de la Recepción de las Obras; Que, teniendo en cuenta el dictamen de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas se cursó la Notificación Nº 583-2006-SGLHU-GDU-MSS comuni- cando el monto de liquidación equivalente a S/. 3,570.09Nuevos Soles, el cual ha sido cancelado mediante Recibo Único de Caja Nº 2926050 de fecha 8.3.2006; Que, habiendo cumplido la administrada con presentar todos los requisitos exigidos en la Ordenanza Nº 220- MSS para el trámite de Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana Nueva con Construcción Simultánea de Vivienda- Programa MIVIVIENDA y contando con el dictamen FAVORABLE de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas, es procedente acceder a la solicitud de la administrada; Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Nº 220-MSS y en concordancia con las competencias señaladas en el Artículo 100º de la Ordenanza Nº 247-MSS de fecha 28.12.2005 que aprueba las Modificaciones a la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, otorgando a la Sub Gerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas la facultad para resolver en primera instancia los procedimientos de Habilitaciones Urbanas; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE la solicitud presentada por la empresa VADEMEC S.A. y en consecuencia APROBAR los Planos Nº 015.01-2006- SGLHU-GDU-MSS y Nº 015.02-2006-SGLHU-GDU- MSS, en sustitución de los Planos Nº 008.01-2004- SGACO-GDU-GCDL y Nº 008.02-2004-SGACO-GDU- GCDL-MSS, referido a la Modificación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva con Construcción Simultánea de Vivienda- Programa MIVIVIENDA denominado “Alameda de la Castellana” que se desarrollará sobre el terreno de 10,285.75 m2 ubicado en el Fundo El Naranjuelo con frente a la Av. Paseo La Castellana (antes Río Surco) esquina con la Calle San Borja (antes calle s/n) en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; precisando que del Área Bruta descrita: 10,115.75 m2 se encuentran calificados conzonificación R5- Residencial de Alta Densidad y 169.25 m2 corresponden a zonificación PQ- Parque Zonal. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa VADEMEC S.A. para que ejecute las obras de Habilitación Urbana cuyos proyectos se aprueban, en el plazo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, y cuyas características deberán ajustarse a los siguientes parámetros: PAVIMENTOS.- Deberán cumplir con lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 133-2004-GDU-GCDL- MSS de fecha 5.3.2004. TELEFONÍA La ejecución de trabajos de telefonía así como la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales deberán ser coordinadas con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de la entidad prestadora del servicio. La construcción de la red de telecomunicaciones deberá ser subterránea. ENERGÍA ELÉCTRICA Conforme la Carta de Factibilidad de Servicio expedida por Luz del Sur, el propietario deberá reservar un área de servidumbre de 6m de frente x 8.5m de fondo para la ubicación de una subestación. Las coordinaciones para definir la ubicación de la subestación deberá realizarlas con el Departamento de Proyectos Especiales de la entidad prestadora del servicio. Asimismo deberá considerar en su proyecto la existencia de redes de Transmisión aledañas al lote, respetando la faja de servidumbre, de acuerdo a lo indicado en el Código Nacional de Electricidad. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Los interesados deberán solicitar a SEDAPAL las conexiones domiciliarias respectivas, debiendo poner en conocimiento de dicha compañía, la fecha de inicio y término de las obras. CANALIZACIÓN DEL RÍO SURCO Teniendo en cuenta que el canal denominado Río Surco se desarrolla por la berma central de la Av.