Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2006 (08/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano jueves 8 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

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partir del dia siguiente a su realizacion. Este plazo es improrrogable. DEL DESTINO DEL PREMIO NO ENTREGADO En caso que el ganador debidamente notificado, no MORDAZA reclamado el premio dentro del plazo anteriormente senalado, pasara a constituir patrimonio de la Municipalidad de Comas. RELACION DE GANADORES La relacion de ganadores se publicara el dia 31 MORDAZA de 2006. 10046

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Amplian alcances del D.A. Nº 007, disponiendo reduccion de derechos administrativos de proyectos acogidos a Techo Propio construccion en sitio propio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006 San MORDAZA de Lurigancho, 26 de MORDAZA de 2006

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Reglamento para la ejecucion de Beneficio Especial de Regularizacion de Deuda Tributaria y el Programa de Cobranza Tributaria Intensiva
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2006-MDL Lince, 5 de junio del 2006 VISTO: El Informe Nº 339-GAJ-2006-MDL de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 en concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el numeral 9) del Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, dispone que corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 156-MDL de fecha 2.6.06, se aprobo la Ordenanza que establece el beneficio Especial de Regularizacion de Deuda Tributaria y el Programa de Cobranza Intensiva; Que, el articulo 9º de la Ordenanza precitada, senala que mediante Decreto se determinaran las disposiciones necesarias para lograr su aplicacion; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento, que regula la ejecucion de la Ordenanza Nº 156-MDL, que establece el Beneficio Especial de Regularizacion de Deuda Tributaria y el Programa de Cobranza Tributaria Intensiva; en los terminos expuestos en los Anexos adjunto, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Administracion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10133

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Alcaldia Nº 007 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de junio de 2005, se dispuso la reduccion de los derechos administrativos de proyectos acogidos al Programa de Techo Propio construccion en sitio propio que cuenten con la documentacion reglamentaria por el lapso de doce meses; Que la expedicion de la MORDAZA citada se MORDAZA en los dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680; la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo IV del Titulo Preliminar, en el articulo 79º inciso 3.6 y en el articulo 38.5 de la Ley Organica de Municipalidades; Que asimismo habiendose suscrito el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y esta Corporacion Municipal cuya finalidad es concertar acciones a traves de actuaciones urbanas integradas, orientadas a la renovacion MORDAZA, densificacion y reurbanizacion generando mecanismos de promocion y de facilitacion de la actividad privada; Que resulta necesario establecer procedimientos que beneficien a los administrados, especificamente aquellos que permitan la ejecucion de los derechos administrativos de los proyectos de vivienda en nuestra jurisdiccion a fin de incrementar los mecanismos de promocion e inversion de la actividad privada en beneficio de nuestra poblacion, apoyando el desarrollo de la misma y mejorando las condiciones de vida; Que mediante el Informe Nº 150-06-GDU/MSJL e Informe Nº 214-06-JGTyGDU GDU/MSJL de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Jefatura de Obras Privadas y Catastro, opina por extender las facilidades otorgadas en el Decreto de Alcaldia Nº 007, sobre la reduccion de derechos administrativos para los certificados de numeracion y la ampliacion de los beneficios de dicha reduccion de derechos administrativos a todas las modalidades del Programa Techo Propio (construccion de vivienda nueva, construccion en sitio propio y mejoramiento de Vivienda); Estando a lo expuesto y en uso de la atribuciones conferidas en el articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ley de Procedimientos Administrativos Generales, Ley Nº 27444; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar los alcances del Decreto de Alcaldia Nº 007, disponiendo la reduccion de los derechos administrativos de proyectos acogidos a Techo Propio construccion en sitio propio haciendolo extensivo a construccion de vivienda nueva del mismo Programa. Por un periodo de 12 meses a partir de la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto. Articulo Segundo.- Dispongase la reduccion de Derechos Administrativos para los Certificados de

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