TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320628El Peruano jueves 8 de junio de 2006 Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los diez días del mes de mayo de 2006.ELOY RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los diez días del mes de mayo de 2006. RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente 10069 /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G20/G28/G53/G49/G52/G45/G44/G45/G43/G49 /G41/G4E/G43/G41/G53/G48/G29 ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2006-REGIÓN ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano asume una responsabilidad tutelar de garantizar a la población el derecho a la vida, salud, integridad física y al desarrollo pleno de la persona como individuo social, para lo cual se deben estableceruna serie de mecanismos orientados a cumplir y salvaguardar dichos derechos. Que, en ese contexto mediante Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias aprobados por los Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905, se originó el Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, con la finalidadde proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada y asegurando su rehabilitación en caso de desastres ocalamidades de toda índole, cualquiera que sea su origen. Que, así se constituyó al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, como el órgano central, rector, conductory coordinador de las acciones de Defensa Civil a nivel nacional. Que, en el marco del proceso de descentralización que se viene desarrollando en nuestro país, la Ley Orgánica de Gobiernos Regional, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, que el artículo 61º incisos a), b), c), d) y e)precisa las funciones en materia de defensa civil que les compete a los Gobiernos Regionales, entre ellas la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar yadministrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. Dirigir el Sistema Regional de DefensaCivil. Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblacionesafectadas. Promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios en la región. Promover y apoyar la educación y seguridad vial. Que, como se advierte, la citada norma acotada en su literal b) sostiene que el Gobierno Regional dirige el Sistema Regional de Defensa Civil (SIREDECI), es decirse debe avocar a la labor conductora de los procesos que comprende la temática de Defensa Civil en la jurisdicción regional, acción que debe ser ejecutada enel marco de la ley, con respeto de la autonomía y los niveles de competencia inherentes al SINADECI. Que, es por ello, que mediante Resolución Jefatural Nº 0375-2005-INDECI/20.0, se aprobó la Directiva Nº 022-2005-INDECI “Lineamientos y Normas para el Funcionamiento del SIREDECI en los GobiernosRegionales”, instrumento normativo de alcance para los Gobiernos Regionales, que está orientado a guiar, facilitar y orientar las decisiones de base en los aspectosestructurales, organizativos y operativos, dentro del rol de conducción del SIREDECI, en el marco general del SINADECI.Que, así, de la interpretación del literal a) del numeral 8 de la Directiva Nº 022-2005-INDECI, se desprende que los Lineamientos y Normas de funcionamiento del Sistema Regional de Defensa Civil que los Gobiernos Regionales establecerán se efectuarán, a través, de Ordenanzas Regionales, de conformidad al procedimiento pertinente establecido. Que, siendo esto así, se hace necesario que el Gobierno Regional de Ancash, mediante Ordenanza Regional, apruebe los lineamientos generales de política y normas que orienten al Gobierno Regional de Ancash, en la ejecución de las acciones de competencia del Sistema Regional de Defensa Civil - SIDERECI ANCASH, debiendo, en principio, institucionalizar el SIDERECI ANCASH. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902; y, demás normas pertinentes; y estando a lo acordado por unanimidad en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 4 de mayo de 2006; ORDENA:Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el SISTEMA REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE ANCASH (SIREDECI ANCASH), el mismo que estará integrado por los representantes de las siguientes instituciones: - Gobierno Regional de Ancash, como ente rector del SIREDECI. - Comité Regional de Defensa Civil, como ente ejecutivo permanente. - Los Comités Provinciales, Distritales y de los Centros Poblados de su jurisdicción. - Las Oficinas de Defensa Civil del nivel regional, provincial, distrital y de los centros poblados. La Oficina Regional de Defensa Civil de Ancash, depende funcionalmente del Presidente del Gobierno Regional de Ancash, sin perjuicio de la ubicación que ocupa en la estructura orgánica del Gobierno Regional y de la dependencia orgánica a la cual pertenezcan, y es asumida por la Sub Gerencia de Defensa Civil. Artículo Segundo.- APROBAR los Lineamientos y Normas para el Funcionamiento del Sistema Regional de Defensa Civil de Ancash (SIREDECI ANCASH)”, cuyo texto es parte integrante de la presente ordenanza y consta de Antecedentes, Finalidad, Base Legal, Alcance, Vigencia, 06 Disposiciones Generales, 05 Disposiciones Específicas, Reconocimientos y Sanciones y 01 Disposición Final y Complementaria. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Defensa Civil, en su condición de Secretaría Técnica del Comité Regional de Defensa Civil, la implementación de la presente Ordenanza, debiendo efectuar para ello las coordinaciones pertinentes. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y deberá ser publicada, además, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los diez días del mes de mayo de 2006.ELOY RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los diez días del mes de mayo de 2006. RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente Gobierno Regional de Ancash 10070