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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 10 de junio de 2006 321133REPUBLICADELPERU MULTA ADMINISTRATIVA QUE HAYAN SIDO IMPUESTAS ENTRE LOS AÑOS 1999 AL 2001: Declárese como deuda de cobranza dudosa las multas administrativas que hayan sido impuestas entre los años1999 al 2001, siempre y cuando el monto por cada resolución de multa administrativa sea menor a S/. 300 nuevos soles. No están incluidas en los alcances de lapresente disposición aquellas multas originadas por la comisión de infracciones al transporte y tránsito terrestre. TERCERA.- DECLARACIÓN COMO DEUDA DE RECUPERACIÓN ONEROSA LAS RESOLUCIONES DE MULTA ADMINISTRATIVA QUE HAYAN SIDOIMPUESTAS ENTRE LOS AÑOS 2002 al 2005: Declárese como deuda de recuperación onerosa las multas administrativas que hayan sido impuestas entrelos años 2002 al 2005 siempre y cuando su monto por cada resolución sea menor a S/. 100 nuevos soles. No está incluida en los alcances del presente artículoaquellas multas originadas por la comisión de infracciones al transporte y tránsito terrestre. Las multas administrativas impuestas en cualquier año por las Gerencias de Control Ambiental o la Gerencia General de Seguridad Ciudadana referentes a infracciones que se deriven del Decreto de AlcaldíaNº 000010-2004 de fecha 29.03.2004, el Decreto de Alcaldía Nº 000011-2006 de fecha 17.04.2006, el Decreto de Alcaldía Nº 0025-99 y el Decreto de Alcaldía Nº 000016-2001, quedan condonadas. CUARTA.- GERENCIAS RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE ORDENANZA: Encárguese a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Planeamiento Urbanoy Catastro, Gerencia General de Transporte Urbano, Gerencia General de Desarrollo Urbano, Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, GerenciaGeneral de Desarrollo Económico Local y Comercialización, Gerencia General de Seguridad Ciudadana, Gerencia General de Protección del MedioAmbiente y Gerencia de Informática el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. QUINTA.- FACULTADES REGLAMENTARIAS: Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lacorrecta aplicación de la presente Ordenanza así como para disponer la ampliación de los plazos establecidos en la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 10211 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G31/G39/G39/G35/G2D/G32/G30/G31/G30 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000021 Callao, 2 de junio de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 2 de junio de 2006; aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL PLAN URBANO DIRECTOR DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 1995 - 2010 Artículo 1º.- Aprobar de Oficio el cambio de zonificación del área de 547,679 metros cuadrados, dela zona denominada ex Fundo Márquez, ubicada entre las formaciones eriazas conformada por cerros, la Av. Néstor Gambetta, la Av. "G" hasta las inmediaciones de la Av. "H" que tiene zonificación Zona Residencial deDensidad Media RDM (R-3, R4) y Comercio Local (C-1, C-2) a Industria Elemental y Liviana - IEL (I1 o I2). Artículo 2º.- Modificar el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao, en el extremo relacionado al cambio de zonificación aprobado en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre y cumpla.PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 10202 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G34/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000022 Callao, 2 de junio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 2 de junio de 2006; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 4º DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Modifíquese el artículo 4º del Reglamento del Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 000060- 2005-MPC, conforme a la siguiente redacción: "Artículo 4º.- Los representantes de la sociedad civil, son elegidos democráticamente por un período de dos (2) años, contados a partir de la fecha de instalación del Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao, porlos delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel provincial, inscritas en el Registro de Inscripción de Representantes de la Sociedad Civilde la Municipalidad Provincial del Callao." Artículo Segundo.- La vigencia será contada desde la fecha de instalación del Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao, por única vez. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 10207 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 ORDENANZA Nº 007-2006-MDLP/ALC La Punta, 1 de junio del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PUNTAPOR CUANTO:El Concejo Municipal de La Punta, reunido en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Artículo 9º y siguientes