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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 10 de junio de 2006 321125REPUBLICADELPERU Que, el área de retiro municipal es la separación obligatoria entre la línea de propiedad y la línea municipal (línea paralela al eje de la vía, que determina el límite hasta donde es posible edificar por disposición delConcejo Municipal) tomada esta distancia en forma perpendicular a ambas líneas y a todo lo largo del frente o de los frentes del lote; Que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para lacorrecta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejomunicipal, conforme lo establece el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Estando a las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Establecer que el área mínima reglamentaria del retiro municipal en la Calle Las Camelias (desde la Av. Javier Prado Este hasta la Av. República de Colombia - ex Av. Central) es de 3.00 metros. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a las Gerencia de Desarrollo Urbano y de Autorizaciones y Control Urbanode esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 10241 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G54/G65/G78/G74/G6F/G20 /GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4C/G75/G69/G73 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Secretaría General de la Municipalidad de San Luis mediante Oficio Nº 190-2006-MDSL-SG, recibido el 8 dejunio de 2006) ORDENANZA Nº 032-MDSL San Luis, 18 de agosto del 2005 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de agosto de 2005 y con el voto mayoritario de sus miembros, aprobó modificar la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL de fecha 13 de mayo de2004, que aprueba el TUPA de la Municipalidad de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo IV.- FINALIDAD y Artículo X.-PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, establece como competencia de las municipalidades entre otros, el de organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de suresponsabilidad y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, con lafinalidad de viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, mediante Ordenanza Nº 009-2004/MDSL de fecha 13 de mayo de 2004, se aprobó el Texto Único deProcedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis, la misma que se ha remitido al Servicio de Administración Tributaria- SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para suratificación; Que, en aplicación de las recomendaciones vertidas por el SAT a varios procedimientosadministrativos del área de la División de Obras Públicas y Tránsito de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se introdujeron varias modificaciones delTUPA aprobadas con Ordenanza Nº 025-2005-MDSL de fecha 25 de abril de 2005. Que continuando con las coordinaciones con el SAT para la ratificación de la Ordenanza Nº 009-2004/ MDSL, se ha tenido reuniones de trabajo con funcionarios de dicha entidad y los Gerentes de lasáreas involucradas de la Municipalidad Distrital de San Luis, que han determinado diversas modificaciones en cuanto a requisitos, montos y tiposde derechos, supresión y fusión de algunos procedimientos, algunos nuevos procedimientos, los mismos que inciden en la formalización de los costosrespectivos. Que, dichas modificaciones afectan también las disposiciones de la Ordenanza Nº 025-2005/MDSL, porlo que es conveniente su derogatoria, considerando que las Gerencias correspondientes han revisado y visado las modificaciones del TUPA, de acuerdo a susrespectivas áreas. Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto ha presentado el Informe Técnico Nº 164-2005-UPPRE, asícomo la Oficina de Asesoría Legal ha emitido el Informe Legal Nº 319-2005-OAL, que sustentan las modificaciones propuestas al TUPA. Que, de conformidad con el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General,el Concejo está facultado para aprobar, modificar y derogar Ordenanzas; Que, en mérito a todo lo antes expuesto es imprescindible se actualice y/o adecue los procedimientos administrativos según la propuesta presentada, por lo que ha dado la siguiente. ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Artículo Primero.- MODIFICAR los derechos por los procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de la Municipalidad Distrital deSan Luis, aprobados con Ordenanza Nº 009-2004/MDSL de fecha 13 de mayo de 2004, según se indican en el Anexo de modificaciones del Texto Único deProcedimientos Administrativos, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR las modificaciones de los requisitos de procedimientos administrativos según lo señalado en el anexo referido en el Artículo primero. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 025- 2005/MDSL y los procedimientos administrativos de la Ordenanza Nº 009-2004-MDSL, que a continuación se indican: Secretaría General Unidad de Trámite Documentario:Procedimiento Nº 7: Anulación de Multas Administrativas. Gerencia de Rentas Unidad de Administración y Recaudación Tributaria: Procedimiento No. 11: Constancia de inafectación o exoneración de Impuesto de Alcabala Gerencia de Desarrollo Urbano División de Licencia:Procedimiento No. 5: Autorización especial de funcionamiento después de las 23.00 hr. hasta las 6.00 hr. del día siguiente. Artículo Cuarto.- FUSIONAR los Procedimientos del área de la División de Licencias de la Gerencia de Desarrollo Urbano que a continuación se indican: - El Procedimiento Nº 4: Actualización de la Licencia Provisional sin Habilitación Urbana) con el Procedimiento