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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321450El Peruano miércoles 14 de junio de 2006 Estratégica de Reflexión sobre el Proceso de Integración Sudamericano", cuyo objetivo es elaborar propuestas para impulsar la Integración Sudamericana en todos sus aspectos - político, económico, social, cultural, energía e infraestructura - a fin de que sean presentados en la II Reunión de Jefes de Estado de la ComunidadSudamericana de Naciones, que se realizará en Boliviadurante el año 2006; Que, la Embajada de Brasil mediante Nota Nº 259 de fecha 29 de mayo del presente, informa que la Secretaria Pro Tempore de la Comunidad Sudamericana de Naciones (CASA) ha convocado a la I Reunión de laComisión Estratégica de Reflexión sobre el Proceso de Integración Sudamericano, para el viernes 16 de junio de 2006, en la ciudad de Montevideo - Uruguay, a efectode dar cumplimiento al marco legal antes acotado; virtud por la cual,resulta necesario autorizar el viaje del señor Luis Alberto Thaís Díaz a la ciudad de Montevideo - Uruguay del 15 al 18 de junio de 2006; Que, el señor Luis Alberto Thais Díaz, en su calidad de Presidente del Consejo Nacional de Descentralización,conforme lo establece el numeral 23.3 del artículo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene rango y condición de Ministro de Estado, por lo que son de aplicación las normas del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Resolución Suprema Nº 079-2006-RE, Decreto de Urgencia Nº 002-2006, Decreto SupremoNº 094-2005-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor LUIS ALBERTO THAIS DÍAZ, Presidente del Consejo Nacional de Descentralización, a la ciudad de Montevideo, República de Uruguay, del 15 al 18 de junio de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución por concepto de pasajes US$ 941.07, viáticos US$ 600.00 y tarifa por uso de aeropuertos US$ 30.25, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Consejo Nacional de Descentralización. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 10557 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65 /G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G61/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 166-2006-PCM Lima, 12 de junio de 2006 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema N° 112-2006-PCM, de fecha 19 de abril de 2006, se autorizó por excepción, el viaje en misión oficial del señor Fernando Zavala Lombardi, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudadde Washington D.C., Estados Unidos de América, del 21al 24 de abril de 2006, para asistir a las Reuniones dePrimavera del Banco Mundial y del Fondo MonetarioInternacional;Que, al adquirir los pasajes aéreos luego de la autorización correspondiente, se presentó una variación en la tarifa de los mismos, motivo por el cual es necesario modificar con eficacia anticipada la Resolución Suprema N° 112-2006-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, Decreto Legislativo N° 560 – Ley del Poder Ejecutivo, Ley N° 27619 modificado por el Decreto de Urgencia N° 006-2006 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE : Artículo 1° .- Modificar con eficacia anticipada el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 112-2006-PCM,por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, en los extremos del monto de los pasajes aéreos de la siguiente manera: Pasajes : US$ 3 671,12 Artículo 2°. - Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº 112-2006-PCM. Artículo 3° .- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 10558 AGRICULTURA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G6F/G72/G74/G69/G67/G75/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G6F/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G61/G6C/G72/G65/G64/G65/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G6F/G74/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G75/G65/G66/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G67/G61/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G4C/G4E/G47/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0488-2006-AG Lima, 9 de junio de 2006 VISTO: El expediente organizado por la empresa PERU LNG S.R.L, sobre establecimiento de zona de amortiguamientoo de seguridad alrededor del terreno de su propiedad,ubicado a la altura del kilómetro 169 de la carretera Panamericana Sur, en la provincia de Cañete, departamento de Lima. CONSIDERANDO Que mediante carta PLNG-GG-0056-05-CdS, el Gerente General de PERU LNG solicita la demarcación de una zona de amortiguamiento alrededor del terreno de 521.0012 ha de su propiedad, ubicado a la altura del kilómetro 169 de la carretera Panamericana Sur,provincia de Cañete, departamento de Lima, dondeconstruirá la Planta de Licuefacción de Gas Natural, con el objeto de prevenir eventuales incursiones de terceros que podrían poner en riesgo la ejecución del proyecto yla seguridad de las instalaciones, señalando que sedemarcaría 1 ó 2 kilómetros contados desde el perímetrode PERU LNG hacia los terrenos del Ministerio deAgricultura, a fin de identificar lo que será la zona de amortiguamiento; Que PERU LNG S.R.L. es una empresa dedicada a las actividades hidrocarburíferas, entre las que se