Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2006 (14/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 14 de junio de 2006

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador para visitar el Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 246-2006-DE/SG
MORDAZA, 12 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 486, de fecha 15 de MORDAZA de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la X Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y las Fuerzas Armadas del Ecuador, se acordo la visita de Oficiales del Ecuador al Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru - SEMAN; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica del Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 12 al 16 de junio de 2006, para realizar una visita al Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru - SEMAN. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO A LA RESOLUCION SUPREMA Nº 246-2006-DE/SG 1.- MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica del Ecuador para realizar

una visita al Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru - SEMAN. 2.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA: 1. CATN. TEC. AVC 2. TNTE. TEC. AVC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CIFUENTES ESINOZA MORDAZA

3.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE Sin armas. 4.- TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 12 al 16 de junio de 2006 10555

ECONOMIA Y FINANZAS
Exceptuan al Ministerio de Agricultura de restricciones para el arrendamiento de predios de propiedad estatal, a fin de viabilizar celebracion de contrato de arrendamiento con el IICA
DECRETO SUPREMO Nº 084-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 22557 se aprobo el Acuerdo Basico entre el Gobierno del Peru y el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura IICA sobre Privilegios e Inmunidades y su Protocolo Modificatorio, suscritos en la MORDAZA de MORDAZA el 25 de febrero de 1970 y el 21 de MORDAZA de 1978, respectivamente; Que, en dicho Acuerdo Basico, el Estado Peruano, se obliga a pagar las cuotas anuales por concepto de membresia a la referida organizacion internacional; adeudandose por dicho concepto, 6 (seis) cuotas anuales, las cuales ascienden a la suma de US $ 676,716.00 (Seiscientos Setenta y Seis Mil Setecientos Dieciseis y 00/100 Dolares Americanos), correspondientes a los anos comprendidos entre 1996 y el 2001; Que, el Ministerio de Agricultura y el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura IICA han convenido cancelar la deuda insoluta por concepto de membresia, mediante el arrendamiento de una parte del inmueble de propiedad del Ministerio de Agricultura, transferido por la Superintendencia de Bienes Nacionales mediante Resolucion N° 030-2006/ SBN-GO-JAD de fecha 31 de marzo de 2006, inscrito en la Partida Nº 11859388 del Registro de Predios de MORDAZA, cuya MORDAZA conductiva, calculada a valor de MORDAZA, amortizara la deuda pendiente, hasta su cancelacion total; Que, para tal efecto, es necesario exceptuar al Ministerio de Agricultura de las restricciones previstas, con relacion al arrendamiento de bienes prediales de propiedad estatal de dominio privado, en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado mediante Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y Decreto Supremo Nº 0422006-EF; asi como precisar que la suscripcion del contrato de arrendamiento no configurara una causal de reversion prevista por el articulo 19° del referido Reglamento, por cuanto dicho contrato constituye una meta compatible con los fines institucionales del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto por Decreto Legislativo Nº 560 ­ Ley del Poder Ejecutivo; y, demas normas concordantes;

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