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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321466El Peruano miércoles 14 de junio de 2006 Artículo 3º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se sustituyen los Anexos 1 y 2 del contrato de concesión, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 687-2005-MTC/15.03; autorizándose al Director General de Gestión de Telecomunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, así como, en casocualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerioemita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por el Sr. MERL MARTIN MANNIG WAGERS VARGAS en el plazo máximo desesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10429 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 462-2006-MTC/02 Lima, 8 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normasreglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastosal Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo delartículo 1º de la Ley antes citada, señalando que "la autorización de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de losOrganismos Públicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aéreos, Navales y Policiales, así como de las empresas sujetas al ámbito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para elEjercicio del año 2006 se efectuará por ResoluciónSuprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección General de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de losTratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial de importancia para el Perú; los que se autorizarán mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, la que deberá ser publicada en el DiarioOficial El Peruano, antes del inicio de la comisión deservicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado enmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perú por la Organización deAviación Civil Internacional, debe efectuar la atenciónde las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticasciviles; Que, según Informe Nº 0371-2006-MTC/12, de fecha 31 de mayo de 2006, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se señala que la empresa Taca Perú S.A., con Carta TP-142-05-06, presentada el 26 de mayode 2006, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Aeronaves), establecido enel Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicas para la renovación de las Constancias de Conformidad a las aeronaves Airbus dematrículas Nºs. N-472TA, N-476TA y N-489TA, en las instalaciones de AEROMANTENIMIENTO en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, durante los días 18 al 24 de junio de 2006; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 16197, la solicitante ha cumplido con el pago delderecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes deInspección Nºs. 1030-2006-MTC/12.04-SDA y 1031-2006-MTC/12.04-SDA designando a los inspectores Luis Gustavo Satornicio Satornicio y Guillermo Julio Rivero Pun, respectivamente, para realizar las inspecciones técnicas para la renovación de las Constancias de Conformidad a las aeronaves Airbus de matrículasNºs. N-472TA, N-476TA y N-489TA de la empresa Taca Perú S.A., en las instalaciones de AEROMANTENIMIENTO, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, durante los días 18 al 24 de junio de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1030-2006-MTC/12.04-SDA y1031-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto deUrgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Luis Gustavo Satornicio Satornicio y Guillermo Julio RiveroPun, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, durante los días 18 al 24 de junio de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Taca Perú S.A. a través del Recibo de AcotaciónNº 16197, abonado a la Dirección de Tesorería delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, incluyendolas asignaciones por concepto de viáticos y tarifa poruso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 2,800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 60.50(por dos Inspectores)