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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (14/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 14 de junio de 2006 321467REPUBLICADELPERU Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copiaa la Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10431 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20 /G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 463-2006-MTC/10 Lima, 9 de junio de 2006 VISTO: El Informe Nº 0232-2006-MTC/10.02 de la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 013-2006-MTC/10.06.JMR elaborado por el Asesor de Planificación de la Dirección de Informática y el Informe Legal Nº 1403-2006-MTC/08 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, relacionados con lasolicitud de expedición de la Resolución Ministerial que exonere al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de selección correspondiente para contratación del servicio de soporte técnico del software ORACLE; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Nº 0232-2006-MTC/10.02 de la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones informa la necesidad de contratar el servicio de soporte técnico ORACLE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 340-2005- MTC/01 y Resolución Ministerial Nº 668-2005-MTC/01 se exoneró al MTC por la causal de servicio que no admite sustituto del proceso de concurso público para la contratación del servicio de soporte técnico del sofware ORACLE, que brinda la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. a diversos órganos del MTC;celebrándose como consecuencia de ello, el contrato Nº 045-A-2005-MTC/10 de fecha 13 de junio de 2005 para la prestación del servicio de soporte técnicoORACLE a la Dirección General de Aeronáutica Civil, al Viceministerio de Comunicaciones - Oficina de Recaudación y Soporte Operativo y a la Dirección General de Circulación Terrestre; y el contrato Nº 132- 2005-MTC/10 de fecha 30 de setiembre de 2005 parala prestación del servicio de soporte técnico ORACLEal Viceministerio de Comunicaciones - Oficina de Recaudación y la Oficina General de Administración; ambos contratos con una vigencia hasta el 12 de juniode 2006; Que, de conformidad con el Informe Nº 013-2006- MTC/10.06.JMR elaborado por el Asesor dePlanificación de la Dirección de Informática, actualmente se cuenta con el servicio de soporte operativo de software ORACLE en las siguientesdependencias: (i) La Oficina General de Administracióncuenta con el Sistema Integrado de GestiónAdministrativa (SIGA), el Plan Operativo Institucional(POI), el Sistema de Control de Administración de Puentes (SCAP) de la Dirección General de Caminosy Ferrocarriles, el Sistema de Series de la Oficina de Trámite Documentario, y el Sistema de Recepción Electrónica de Manifiestos de carga para la DirecciónGeneral de Transporte Acuático; (ii) la Dirección General de Circulación Terrestre cuenta con el Sistema Integrado de Información de Circulación Terrestre (SIICT); (iii) El Viceministerio de Comunicaciones a través de la Oficina de Recaudación y SoporteOperativo emplea el Sistema de Gestión Ellipse, Sistema Datawarehouse (Discover); y (iv) La Dirección General de Aeronáutica Civil que emplea licencias y habilitaciones del personal aeronáutico, horas de vuelo de tripulantes, digitalización de expedientes del personal aeronáutico,aeronavegabilidad - alteraciones y reparaciones mayores, aeródromos y aeropuertos, empresas aeronáuticas, prevención de accidentes, fallas y mal funcionamiento, incidentes por procedimiento peligroso, indicadores de gestión, plan de vigilancia aérea,seguimiento de inspecciones y seguros aeronáuticos; Que, de acuerdo a lo señalado en dicho informe, se requiere el soporte técnico y actualización según el siguiente detalle: a) Para el caso del Viceministerio de Comunicaciones: Internet Developer Suite -Named User Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition Named User Perpetual, Change Management Pack-Named User, Diagnostics Management Pack-Named User, Tunig Management Pack-Named User, Internet Developer Suite-Named UserSingle Server, Discoverer Desktop Edition-Named UserPerpetual, Internet Application Server Enterprise Edition - Processor Perpetual, Tunig Pack-Named User Plus Perpetual, Change Management Pack- Named User Plus Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition-Named User Plus Perpetual, Oracle Database Enterprise EditionProcessor Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition-Named User Plus Perpetual, Diagnostics Pack - Named User Plus Perpetual. b) Dirección General de Aeronáutica Civil: Internet Application Server Standard Edition-Processor Perpetual, Oracle Database Standard Edition Processor Perpetual, Oracle Standard Edition One-Named User plus Perpetual. c) Dirección General de Circulación Terrestre: Oracle Database Enterprise Edition Processor Perpetual, Internet Developer Suite-Named User Perpetual, Internet Application Server Enterprise Edition-Processor Perpetual, Self-Service Tutor for Applications-Employee Perpetual. d) Oficina General de Administración: Oracle Database Enterprise Edition-Processor Perpetual, Internet Application Server Enterprise Edition-Processor Perpertual. Que, según lo señalado en el Informe Nº 013-2006- MTC/10.06.JMR, con la contratación del soportetécnico y actualización, conocido como Software Update & Support se garantizará el correcto y continuo funcionamiento de los sistemas empleados por lasmencionadas dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ya que el servicio brindado por Sistemas Oracle del Perú S.A, no admite sustitutos; siendo esta empresa el único proveedor autorizado que existe en el mercado nacional de losproductos ORACLE; Que, asimismo, señala que actualmente no existe en el mercado informático un sustituto que pueda reemplazar con todas las bondades y garantías de operación a los productos ORACLE, sin incurrir en altos costos, paralización de los sistemas,reentrenamiento del personal de sistemas en el uso de nuevas herramientas y nueva capacitación a los usuarios finales. En tal sentido, señala que no mantener el servicio de soporte y actualización de software ORACLE llevaría a que los sistemas yaplicaciones desarrollados con productos ORACLElleguen a colapsar, afectando directamente a losusuarios internos y externos de las unidades orgánicas del MTC; Que, mediante carta de fecha 19 de mayo de 2006 el Senior Legal Counsel de Oracle Latin América señalaque Oracle Corporation es una compañía organizadabajo las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos;siendo dueña directa o indirectamente de los derechos de autor y propiedad intelectual de los productos