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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (15/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 15 de junio de 2006 321527REPUBLICADELPERU DEPARTAMENTO: Ucayali - Atalaya, Balta, Breu, Bufeo Pozo, Chicosa, Culina, Paititi, Puerto Esperanza, San Marcos, Sepahua, Unine,Yarinacocha. Artículo 2º.- Modificar el Artículo 7º de la Resolución Directoral Nº 044-2005-MTC/12 del 29 de marzo del2005, de acuerdo a lo siguiente: “Artículo 7º.- Las aeronaves de la empresa BEST ONE PERU AIR LINE S.A.C. podrán operar en lasrutas, aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas,longitudes de pista y resistencia, así como otrascaracterísticas derivadas de dichos aeropuertos y/oaeródromos, se encuentren comprendidas en sustablas de performance aprobadas por el fabricante yla autoridad correspondiente, así como en susrespectivas Especificaciones de Operación.” Artículo 3º.- Incorporar el Artículo 14º a la Resolución Directoral Nº 044-2005-MTC/12 del 29 de marzo del2005, de acuerdo a lo siguiente: “Artículo 14º.- La empresa BEST ONE PERU AIR LINE S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural,histórica y turística que sustenta la buena imagen delpaís.” Artículo 4º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 044-2005-MTC/12 del 29 de marzo del2005, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 08472 VIVIENDA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2006-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 343-2006-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución MinisterialNº 153-2006-VIVIENDA, publicado en la edición del día10 de junio de 2006. En la sumilla de la Resolución DICE: "Crean el Proyecto Piloto Mejoramiento de Ambientes Monumentales en las ciudades del interior del país" DEBE DECIR: "Crean el Proyecto Mejoramiento de Ambientes Monumentales en las Ciudades del Interior del País" En el artículo 1º DICE: Artículo 1º.- Proyecto Piloto Mejoramiento de Ambientes Monumentales Créase el Proyecto Piloto Mejoramiento de Ambientes Monumentales en las ciudades del interior del país conel objeto de fortalecer las capacidades de los GobiernosLocales para la gestión del desarrollo urbano, medianteintervenciones que recuperen o mejoren el entornourbano. Dichas intervenciones se ejecutarán en unmáximo de cinco (5) ciudades.DEBE DECIR: Artículo 1º.- Proyecto Mejoramiento de Ambientes Monumentales Créase el Proyecto Mejoramiento de Ambientes Monumentales en las ciudades del interior del país, comocomponente del "Programa de Mejoramiento Integral deBarrios - Mi Barrio" del Viceministerio de Vivienda yUrbanismo, con el objeto de fortalecer las capacidadesde los Gobiernos Locales para la gestión del desarrollourbano, mediante intervenciones que recuperen omejoren el entorno urbano. Dichas intervenciones seejecutarán en un máximo de cinco (5) ciudades. En el artículo 4ºDICE:Artículo 4º.- Selección Autorizar al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo identificar y seleccionar las localidades del interior delpaís en que se ejecutará el Proyecto Piloto Mejoramientode Ambientes Monumentales, así como definir los tiposde intervención urbana especial a ejecutarse. DEBE DECIR:Artículo 4º.- Selección Autorizar al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo identificar y seleccionar las localidades del interior delpaís en que se ejecutará el Proyecto Mejoramiento deAmbientes Monumentales, así como definir los tipos deintervención urbana especial a ejecutarse. 10614 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C /G43/G75/G61/G64/G72/G61/G67/GE9/G73/G69/G6D/G6F/G20 /G54/G65/G72/G63/G65/G72/G20 /G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 081-2006-CE-PJ Lima, 12 de junio del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 480-2006-P-CSJLI/PJ cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, y lasolicitud de renuncia presentada por la magistrada LuzElizabeth Delgado Guillén, con certificación de firma antela Administradora de la citada Corte Superior de Justicia;y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima eleva a este Órgano de Gobierno la solicitudpresentada por la magistrada Luz Elizabeth DelgadoGuillén mediante la cual formula renuncia irrevocablepor razones personales al cargo de Juez titular delCuadragésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civilde Lima, en el que fue reincorporada mediante ResoluciónAdministrativa Nº 160-2006-P-CSJLI/PJ expedida por laPresidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima confecha 28 de abril del presente año; Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conformelo establece el artículo 245º, inciso 3, del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;