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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2006 (03/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 115

PÆg. 313717 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 239/INC Lima, 17 de febrero de 2006 VISTO, el Informe Nº 024-2005-INC/DREPH-DSP-AFGM de fecha 10 de enero de 2005, de la Subdirección de Supervisión y Peritajes, de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargadode registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Informe Nº 024-2005-INC/DREPH- DSP-AFGM de fecha 10 de enero de 2005, la Subdirección de Supervisión y Peritajes, de la Dirección de Arqueología comunica que se ha verificado que elsitio arqueológico Carquín, no se encuentra declaradoPatrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 115 fecha 10 de febrero de 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación alsitio arqueológico Carquín, ubicado en el distrito deCarquín, provincia de Huaura, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Carquín, ubicado en el distritode Carquín, provincia de Huaura, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del PatrimonioHistórico, la elaboración del expediente técnico del sitioarqueológico Carquín. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado"Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 03770 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 247/INC Lima, 17 de febrero de 2006 VISTO, el Oficio Nº 048-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 11 de enero de 2006 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias,Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras yCatastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargadode registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de laNación; Que, mediante Oficio Nº 048-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 11 de enero de 2006, el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural delMinisterio de Agricultura, remite los expedientes técnicosde los sitios arqueológicos Quinan y Loma de Canta,ubicados en el distrito y provincia de Canta, departamento de Lima, elaborado por el Lic. Alcides Álvarez Vera; Que, mediante Informe Nº 131-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 7 de febrero de 2006, la Subdirecciónde Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,informa que los expedientes técnicos no presentanobservaciones y que los sitios en mención no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 112 de fecha 10 de febrero de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomiendaa la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Quinan y Loma de Canta, ubicados en el distrito y provincia de Canta, departamento de Lima; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Quinan Nº 330-INC-PETT-2005, a escala 1/500, de fecha julio de 2005, con un área de 0.4245 ha. y un perímetro de 283.06 m., ubicado en el distrito y provincia de Canta,departamento de Lima, con su respectiva Ficha Técnicay Memoria Descriptiva; - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Loma de Canta Nº 331-INC-PETT-2005, a escala 1/500, de fecha julio de 2005, con un área de 0.1656 ha. y un perímetro de 164.26 m., ubicado en el distrito y provincia de Canta,departamento de Lima, con su respectiva Ficha Técnicay Memoria Descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto SupremoNº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Quinan y Loma de Canta, ubicados en el distrito y provincia de Canta,departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Quinan Nº 330-INC-PETT-2005, a escala 1/500, de fecha juliode 2005, con un área de 0.4245 ha. y un perímetro de283.06 m., ubicado en el distrito y provincia de Canta,departamento de Lima, con su respectiva Ficha Técnicay Memoria Descriptiva. - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Loma de Canta Nº 331-INC-PETT-2005, a escala 1/500, de fechajulio de 2005, con un área de 0.1656 ha. y un perímetrode 164.26 m., ubicado en el distrito y provincia de Canta,departamento de Lima, con su respectiva Ficha Técnicay Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos yen el Sistema de Información Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal (SINABIP) la Condición de PatrimonioCultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o