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PÆg. 313719 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado"Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 03777 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 258/INC Lima, 20 de febrero de 2006 VISTO, el Oficio Nº 066-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 13 de enero de 2006 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias,Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras yCatastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala queel Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 066-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 13 de enero de 2006 el Ing. DomingoJaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural delMinisterio de Agricultura, remite los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos ubicados en la provincia de Cañete, departamento de Lima, elaborados por el Lic.Juan Carlos Guerrero Venturo; Que, mediante Informe Nº 137-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 8 de febrero de 2006 la Subdirecciónde Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones y que los sitios en mención no se encuentrandeclarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 152 de fecha 16 de febrero de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Hacienda Tutumo, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; - Seis Cerritos, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; - Pueblo Enterrado, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima; - Casa Corral, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima; - Aprobar los planos de delimitación siguientes:- Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tutumo Nº 428-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.5939 ha. y un perímetro de 378.25 m., ubicado en el distrito de Mala,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Seis Cerritos Nº 430-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.4481 ha. y un perímetro de 546.00 m., ubicado en el distrito de Mala,provincia de Cañete, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pueblo Enterrado Nº 431-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.4842 ha. y un perímetro de 332.29 m., ubicado en el distrito deCalango, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Casa Corral Nº 433-INC-PETT-2005, a escala 1/100, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.0095 ha. y un perímetro de 39.10 m., ubicado en el distrito de Calango,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Hacienda Tutumo, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima. - Seis Cerritos, ubicado en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima. - Pueblo Enterrado, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima. - Casa Corral, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tutumo Nº 428-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.5939 ha. y un perímetro de 378.25 m., ubicado en el distrito de Mala,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Seis Cerritos Nº 430-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.4481 ha. y un perímetro de 546.00 m., ubicado en el distrito de Mala,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pueblo Enterrado Nº 431-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.4842 ha. y un perímetro de 332.29 m., ubicado en el distrito deCalango, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico del sitio arqueológico Casa Corral Nº 433-INC-PETT-2005, a escala 1/100, de fecha noviembre de 2005, con un área de 0.0095 ha. y un perímetro de 39.10 m., ubicado en el distrito de Calango,provincia de Cañete, departamento de Lima, con surespectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos yen el Sistema de Información Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal (SINABIP) la Condición de PatrimonioCultural de la Nación de los sitios arqueológicosmencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudieseafectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicosdeclarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 03759