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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2006 (03/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 109

PÆg. 313711 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 nombre del partido político Resurgimiento Peruano para el proceso de elecciones generales del 2006, la mismaque está integrada como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI 03 Benavides Caldas Carlos Gerardo 06204076 07 Baldeón Astuhuamán Elsa 09931974 08 Oyola Armas Rosario Soledad 16638871 09 Rodríguez Montero Jorge Augusto 07250579 12 Guerrero Vega Felipe Eleuterio 10499670 Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 03962 Admiten solicitud de inscripción de lista de candidatos al ParlamentoAndino de la Alianza Electoral "AlianzaPor El Futuro" JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 0118-2006-JEE/LC Lima, 1 de marzo de 2006 VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino, presentada por Ana Cecilia Díaz Muñoz, personero legal de la Alianza Electoral “Alianza Por El Futuro”, para el Distrito Electoralde la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales2006, presentada el 8 de febrero de 2006; ExpedienteNº 018-2006-PA. CONSIDERANDO: Que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, es el único Jurado Electoral Especial, conforme lo preceptuadoen el artículo 4º de la Resolución Nº 004-2006-JNE,“Reglamento del Proceso para Elección de Representantes ante el Parlamento Andino”, para recibir las inscripciones de las listas de los candidatos a representantes titulares ysuplentes para el Parlamento Andino; Que los partidos políticos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones, sólo pueden inscribir una lista de candidatos al Congreso en cada Distrito Electoral ante el Jurado Electoral Especial correspondiente, hastasesenta (60) días naturales antes de la fecha de laselecciones, conforme lo establece el artículo 115º de laLey Orgánica de Elecciones Nº 26859, concordante conel artículo 11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094; Primero: Que de conformidad con lo señalado en el artículo 2º de la Resolución Nº 004-2006-JNE, publicadael 9 de enero de 2006 en el Diario Oficial El Peruano,precisa los requisitos que deben cumplir los candidatosa representantes al Parlamento Andino y los artículos 3º y 4º de la mencionada Resolución señalan que estos candidatos tienen los mismos impedimentos eincompatibilidades que los postulantes al Congreso de laRepública, así como los requisitos de la solicitud; Segundo: Que habiéndose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos relativos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadanía de los candidatos,requisitos negativos concernientes a los impedimentos ycondición de inelegibilidad, cuota de género, declaraciónjurada de vida, democracia interna y demás exigenciaslegales previstas en la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Partidos Políticos y demás normas conexas, además del TUPA; resulta procedente la admisióna trámite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la Elección deRepresentantes ante el Parlamento Andino, se procede aadmitir a trámite la solicitud de inscripción de los candidatos señalados en el articulo primero de la parte resolutiva de la presente Resolución; Tercero: Que se ha determinado el incumplimiento a lo prescrito en el tercer párrafo del artículo 18º de la Leyde Partidos Políticos Nº 28094; el que establece que nopodrán inscribirse como candidatos en otros partidos políticos, movimientos u organizaciones políticas locales, los afiliados a un partido político inscrito, a menos quehubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacióna la fecha de cierre de las inscripciones del procesoelectoral que corresponda, o cuenten con autorizaciónexpresa del partido político al que pertenecen la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripción, y que éste no presente candidato en la respectiva circunscripción.No se podrá postular por más de una lista de candidatos,en consecuencia se deniega la admisión a trámite de lasolicitud de inscripción del candidato Silva Santisteban García Seminario Luis Alberto, con número de inscripción 03 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06507432, de acuerdo con el Informe emitidopor la Oficina de Registro de Organizaciones Políticasse encuentra en el padrón de afiliados a la AgrupaciónIndependiente Sí Cumple, siendo el caso que no hacumplido con adjuntar su carta de renuncia o la autorización expresa del partido político al que pertenece; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36º, inciso f) de la Ley Nº 26486, el Jurado ElectoralEspecial de Lima Centro en uso de sus facultades; RESUELVE: Artículo Primero.- Admitir, la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino, presentadapor Ana Cecilia Díaz Muñoz a nombre de la AlianzaElectoral “Alianza Por El Futuro” para el proceso de elecciones generales del 2006, la misma que está integrada como sigue: Nº ORDEN APELLIDOS Y NOMBRES DNI 01 Reggiardo Sayán Oscar Andres 08195083 02 Matsuno De Cheng Ana Cecilia 10317540 04 Colchado Arellano Genaro Arturo 16437772 05 Montes Rengifo María Teresa de Jesús07724070 06 Chumpitaz Vasquez Jesús Alfonso 10340585 07 Zea Barriga Hugo Raimundo 09344975 08 Lira Pinto Jorge Angel 07801242 09 Morgan Alcalde César Augusto 08209082 10 Fernández Bustinza Víctor Raúl 29233392 11 Schaefer Cuculiza Karla Melissa 10638205 12 Caro Rossel Iván Germán 07275587 13 Nieto Bejar Marío Alfonso 09083558 14 Pilares Villagarcía Judith Carolina 25120060 15 Jesusi Casas Zoila Pilar 09294642 Artículo Segundo.- Denegar a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al ParlamentoAndino, presentada por Ana Cecilia Díaz Muñoz a nombrede la Alianza Electoral “Alianza Por El Futuro” para elproceso de elecciones generales del 2006, la mismaque está integrada como sigue: Nº ORDEN APELLIDOS Y NOMBRES DNI 03 Silva Santisteban García Seminario 06507432 Luis Alberto Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA 03963