Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 268/INC
MORDAZA, 20 de febrero de 2006 VISTO, el Informe Nº 038-2006-INC-DREPH-DA-SDSPMAGC de fecha 12 de enero de 2006, del Lic. MORDAZA MORDAZA Ciquero, arqueologo de la Subdireccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 038-2006-INC-DREPHDA-SDSP-MAGC de fecha 12 de enero de 2006, el Lic. MORDAZA MORDAZA Ciquero, arqueologo de la Subdireccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia, recomienda declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico "El Faro", ubicado en el distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 103 fecha 10 de febrero de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "El Faro", ubicado en el distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "El Faro", ubicado en el distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Arqueologico del Instituto Nacional de Cultura, la elaboracion del expediente tecnico del sitio arqueologico mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debe contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 03760

Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Oficio Nº 099-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 18 de enero de 2006 el Ing. MORDAZA MORDAZA Portugues MORDAZA, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite los expedientes tecnicos de los sitios arqueologicos ubicados en el departamento de La MORDAZA, elaborados por la Lic. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sarmiento; Que, mediante Informe Nº 138-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 9 de febrero de 2006, la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, informa que los expedientes tecnicos no presentan observaciones y que los sitios en mencion no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 156 de fecha 16 de febrero de 2006, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes: - Cerro Ayangay, ubicado en el distrito de Julcan, provincia de Julcan, departamento de La Libertad; - San MORDAZA, ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - San MORDAZA o Papelillo, ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - El Arcalle - Allacday, ubicado en el distrito de Otuzco / Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - Cerro Chillin, ubicado en el distrito de Usquil / Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - Perdenal, ubicado en el distrito de Usquil / Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad; - Aprobar los planos de delimitacion siguientes: - Plano Perimetrico del sitio arqueologico Ayangay Nº 358-INC-PETT-2004, a escala 1/2500, de fecha diciembre de 2004, con un area de 10.1320 ha. y un perimetro de 1,263.22 m., ubicado en el distrito de Julcan, provincia de Julcan, departamento de La MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; - Plano Perimetrico del sitio arqueologico San MORDAZA Nº 362-INC-PETT-2004, a escala 1/1000, de fecha diciembre de 2004, con un area de 1.2290 ha. y un perimetro de 439.29 m., ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; - Plano Perimetrico del sitio arqueologico San MORDAZA o Papelillo Nº 381-INC-PETT-2004, a escala 1/1000, de fecha marzo de 2005, con un area de 1.3143 ha. y un perimetro de 445.53 m., ubicado en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; - Plano Perimetrico del sitio arqueologico El Arcalle Allacday Nº 384-INC-PETT-2004, a escala 1/1000, de fecha setiembre de 2004, con un area de 1.9037 ha. y un perimetro de 653.44 m., ubicado en el distrito de Otuzco / Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; - Plano Perimetrico del sitio arqueologico Cerro Chillin Nº 388-INC-PETT-2004, a escala 1/1000, de fecha marzo de 2005, con un area de 1.7155 ha. y un perimetro de 485.14 m., ubicado en el distrito de Usquil /Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; - Plano Perimetrico del sitio arqueologico Perdenal Nº 390-INC-PETT-2004, a escala 1/1000, de fecha

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 269/INC
MORDAZA, 20 de febrero de 2006 VISTO, el Oficio Nº 099-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 18 de enero de 2006 del Ing. MORDAZA MORDAZA Portugues MORDAZA, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y,

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