Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 03959

Aprueban solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Parlamento MORDAZA del partido politico Alianza Para El Progreso
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 0115-2006-JEE/LC
MORDAZA, 1 de marzo de 2006 VISTA: La solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Alianza Para el Progreso", para el Distrito Electoral de la Region MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Generales 2006, presentada el 8 de febrero de 2006; Expediente Nº 010-2006-PA. CONSIDERANDO: Que el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, es el unico MORDAZA Electoral Especial, conforme lo preceptuado en el articulo 4º de la Resolucion Nº 0042006-JNE, "Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino", para recibir las inscripciones de las listas de los candidatos a representantes titulares y suplentes para el Parlamento Andino; Que los partidos politicos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, solo pueden inscribir una lista de candidatos al Congreso en cada Distrito Electoral ante el MORDAZA Electoral Especial correspondiente, hasta sesenta (60) dias naturales MORDAZA de la fecha de las elecciones, conforme lo establece el articulo 115º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el articulo 11º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Primero: Que de conformidad con lo senalado en el articulo 2º de la Resolucion Nº 004-2006-JNE, publicada el 9 de enero de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, precisa los requisitos que deben cumplir los candidatos a representantes al Parlamento MORDAZA y los articulos 3º y 4º de la mencionada Resolucion senalan que estos candidatos tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades que los postulantes al Congreso de la Republica, asi como los requisitos de la solicitud; Segundo: Que habiendose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos relativos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadania de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condicion de inelegibilidad, cuota de genero, declaracion jurada de MORDAZA, democracia interna y demas exigencias legales previstas en la Constitucion y la Ley Organica de Elecciones, Ley de Partidos Politicos y demas normas conexas, ademas del TUPA; resulta procedente la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, conforme lo dispone el articulo 9º del Reglamento para la Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino; Tercero: Que del analisis efectuado se advierte que no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el articulo 114º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el penultimo parrafo del articulo 3º del mencionado Reglamento, respecto a los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce

de haber, la que debe serles concedida 60 (sesenta) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, por lo que se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion de los siguientes candidatos: Reano Asian MORDAZA MORDAZA, con numero de orden 06 e identificado con D.N.I. Nº 07591838, quien no cumple con presentar su Licencia Sin goce de Haber, debido que pertenece al Ministerio de Educacion, desarrollandose como Catedratico de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 14 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 18094657, quien no cumple con presentar su Licencia Sin Goce de Haber, debido a que pertenece al Ministerio de Salud, desarrollandose como Terminalista Red de Gestion, Essalud ­ red Asistencial Hospital MORDAZA Rebagliati Martins; Cuarto: Que se ha determinado el incumplimiento a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; el que establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. No se podra postular por mas de una lista de candidatos, en consecuencia se deniega la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de los siguientes candidatos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con numero de orden 05 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 09267983 y conforme al documento emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones se encuentra inscrita en el padron de afiliados al Par tido Peru Posible; de MORDAZA MORDAZA Casinaldo con numero de inscripcion 10 e identificado con Documento de Identidad Nacional Nº 00071306 y conforme al documento emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones se encuentra inscrita en el padron de afiliados al Partido Union Por el Peru; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 36º, inciso f) de la Ley Nº 26486, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro en uso de sus facultades; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a nombre del partido politico Alianza Para El Progreso, para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue: DNI 01 02 03 04 07 08 09 11 12 13 15 APELLIDOS Y NOMBRES DNI Acuna MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18099367 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Concepcion17871534 MORDAZA MORDAZA Brijaldo MORDAZA 17866190 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17931368 La MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09156702 MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 17939173 Manay MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16535944 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09119626 MORDAZA MORDAZA Freddy MORDAZA 02657346 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Estuardo 02835212 Del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10051032

Articulo Segundo.- Denegar a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a nombre del partido politico Alianza Para el Progreso para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue: DNI 05 06 10 14 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reano Asian MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casinaldo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 09267983 07591838 00071306 18094657

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