Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el articulo 11º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Primero: Que de conformidad con lo senalado en el articulo 2º de la Resolucion Nº 004-2006-JNE, publicada el 9 de enero de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, precisa los requisitos que deben cumplir los candidatos a representantes al Parlamento MORDAZA y los articulos 3º y 4º de la mencionada Resolucion senalan que estos candidatos tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades que los postulantes al Congreso de la Republica, asi como los requisitos de la solicitud; Segundo: Que habiendose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos relativos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadania de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condicion de inelegibilidad, cuota de genero, declaracion jurada de MORDAZA, democracia interna y demas exigencias legales previstas en la Constitucion y la Ley Organica de Elecciones, Ley de Partidos Politicos y demas normas conexas, ademas del TUPA; resulta procedente la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, conforme lo dispone el articulo 9º del Reglamento para la Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino; se procede a admitir a tramite la solicitud de inscripcion de los candidatos senalados en el articulo primero de la parte resolutiva de la presente Resolucion. Tercero: Que del analisis efectuado se advierte que no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el articulo 114º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el penultimo parrafo del articulo 3º de la Resolucion Nº 004-2006-JNE, "Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino", respecto a los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la que debe serles concedida 60 (sesenta) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, en consecuencia se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion de los siguientes candidatos: MORDAZA Encinas MORDAZA MORDAZA, con numero de inscripcion 01 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07208435, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha se viene desempenando como Docente en la UGEL 03 perteneciente al Ministerio de Educacion, el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, tal como se advierte en su Declaracion Jurada de fojas 31, donde no senala fecha de salida; y paralelamente se encuentra laborando en la Municipalidad de Carabayllo como Jefe de Personal; de MORDAZA Banda MORDAZA con numero de inscripcion 03 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 06279170, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Instituto Nacional de Cultura, el que conforme al organigrama del Estado Peruano es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica, de derecho publico interno y con autonomia tecnica, administrativa, economica y financiera que pertenece al Poder Ejecutivo, desempenandose como Especialista de Promocion Cultural, no senalando fecha de salida, tal como figura en su Declaracion Jurada de MORDAZA de fojas 45; de MORDAZA Endara MORDAZA con numero de inscripcion 10 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 02558054, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha se viene laborando en el Gobierno de MORDAZA, el que conforme al organigrama del Estado peruano es un organismo publico descentralizado, desempenandose como Consejero Regional, informacion que consigna en su Declaracion Jurada de MORDAZA de fojas 96, en la cual tampoco indica fecha de salida de dicho cargo. Cuarto: Que se ha determinado el incumplimiento a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; el que establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion

expresa del partido politico al que pertenecen la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. No se podra postular por mas de una lista de candidatos, en consecuencia se deniega la admision a tramite de la solicitud de inscripcion del siguiente candidato: MORDAZA Arrascue MORDAZA MORDAZA, con numero de inscripcion 04 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06513906 y conforme al informe emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones se encuentra inscrito en el padron de afiliados al Partido Accion Popular; siendo el caso que no ha cumplido con adjuntar su carta de renuncia o la autorizacion expresa del partido politico al que pertenece; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 36º, inciso f) de la Ley Nº 26486, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro en uso de sus facultades; RESUELVE: Articulo Primero.- Admitir la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por el personero legal del partido politico Resurgimiento Peruano para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue: Nº ORDEN 02 05 06 07 08 09 11 12 13 14 15 APELLIDOS Y NOMBRES Grajeda MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alagon MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ynigo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ninamancco MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 10305232 10499374 03383540 06827273 80549578 09180457 04008294 22512615 06863982 06868004 06165620

Articulo Segundo.- Denegar la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por el personero legal del partido politico Resurgimiento Peruano para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue: Nº ORDEN 01 03 04 10 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA Encinas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Banda MORDAZA MORDAZA Arrascue MORDAZA MORDAZA MORDAZA Endara MORDAZA MORDAZA DNI 09799811 06279170 06513906 02558054

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 03955

Admiten solicitud de inscripcion de candidatos al Parlamento MORDAZA del partido politico Union por el Peru
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 0111-2006-JEE/LC
MORDAZA, 1 de marzo de 2006 VISTA: La solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por MORDAZA

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