TEXTO PAGINA: 41
PÆg. 313967 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2006 Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar el chequeo técnicoen simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en el Centrode Entrenamiento ALTEON de la ciudad de Miami, a supersonal aeronáutico propuesto, durante el día 10 demarzo de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 3255 y 3256, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 211-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Simón Samolski Edery, para realizar elchequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Boeing767, en el Centro de Entrenamiento ALTEON, al personalaeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., enla ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 9 al 10 de marzo de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos porla Dirección General de Aeronáutica Civil para el presenteaño, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resultaindispensable para el cumplimiento de las facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad delas operaciones aéreas en concordancia con las normastécnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por elartículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006,publicado el 21 de enero de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae laOrden de Inspección Nº 211-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Simón Samolski Edery, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 9 al 10 de marzo de 2006,para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 3255 y 3256, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, incluyendo las asignaciones por concepto deviáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04035 Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Civila Rusia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2006-MTC/02 Lima, 3 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el incisoj) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos quedan prohibidos, exceptuándose a los altos funcionarios yautoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados aldesarrollo de funciones en el marco de las negociacionesorientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial de importancia parael Perú y los que resulten indispensables para asegurarel cumplimiento de los objetivos y metas fijados para elejercicio del año 2006, los que serán aprobados conformeal procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado enmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de lealcompetencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificaciónotorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe efectuar la atención de las solicitudesde servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia consus facultades de supervisión e inspección de todas lasactividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GM Nº 113-06, del 15 de febrero de 2006, en el marco de los Procedimientos Nºs. 11, 13, 17 y 18 de la sección correspondiente a la Dirección General de AeronáuticaCivil (Inspección Técnica a Aeronaves, InspecciónTécnica a Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad paraEstablecimiento o Actualización de Especificaciones deOperación, Autorización para Talleres de Mantenimiento Aeronáutico e Inspección Técnica a Talleres de Mantenimiento Aeronáutico para Establecimiento oActualización de Habilitaciones), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección