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PÆg. 313965 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2006 embarcación pesquera "PLEBEYO" de matrícula CE- 2023-PM y 371.61 m3 de capacidad de bodega, a favordel señor EUGENIO LEON MARIÑOS; Que por Resolución Directoral Nº 220-2000-PE/DNE del 6 de septiembre del 2000, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por ResoluciónMinisterial Nº 252-95-PE modificada por ResoluciónDirectoral Nº 182-99-PE/DNE, para operar laembarcación pesquera "PLEBEYO" con matrícula CE-2023-PM de 371.61 m3 de volumen de bodega, en los mismos términos y condiciones, a favor de INVERSIONES EL PLEBEYO S.R.L; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del2002, establecen respectivamente, que los recursossardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directoy que los armadores de las embarcaciones pesquerascon permiso de pesca indistintamente para los recursossardina, jurel y caballa con destino al consumo humanodirecto y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la IndustriaConservera, Congeladora y de Curados aprobado porResolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo paracuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidasen la citada resolución; Que a través de los escritos del visto, la empresa INVERSIONES Y NEGOCIACIONES EMPRESARIALESS.A.C., solicita cambio de titular del permiso de pescapara operar la embarcación "PLEBEYO" de matrículaCE-2023-PM; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente acredita poseer el dominio sobre la embarcación "PLEBEYO"de matrícula CE-2023-PM, según consta en el CertificadoCompendioso de Dominio expedido por Registros Públicos,Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz del 6 de diciembre del2005; y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y procesales establecido en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de la Producción, aprobado por Decreto SupremoNº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedenteatender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 023-2006- PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión favorable delÁrea Legal de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de la Producción, aprobado por DecretoSupremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa INVERSIONES Y NEGOCIACIONES EMPRESARIALESS.A.C., el cambio de titular de permiso de pesca otorgadopor Resolución Ministerial Nº 252-95-PE, modificada porResolución Directoral Nº 182-99-PE/DNE y la ResoluciónDirectoral Nº 220-2000-PE/DNE, para operar la embarcación "PLEBEYO" con matrícula CE-2023-PM de 371.61 m3 de volumen de bodega, en los mismostérminos y condiciones con que fue otorgado inicialmente. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercidoconforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo,o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sancionesprevistas por su incumplimiento establecidas en el DecretoSupremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto latotalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento esobligatorio. Asimismo debe darse cumplimiento a lapresentación del Certificado de Adecuación de lasDimensiones de la Red de Cerco Sardinera a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 225-2001-PE. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 220-2000-PE/DNE a favor de la empresa Inversiones el Plebeyo S.R.L, para operar la embarcación denominada"PLEBEYO" de matrícula CE-2023-PM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa INVERSIONES Y NEGOCIACIONES EMPRESARIALES S.A.C como nuevotitular del permiso de pesca para operar la embarcación "PLEBEYO" de matrícula CE-2023-PM, así como la presente Resolución, al literal J del Anexo I y al Anexo V dela Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al AnexoIII de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE;excluyendo a la empresa INVERSIONES EL PLEBEYOS.R.L., consignado en dichos Anexos. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales dela Producción del litoral, y a la Dirección General deCapitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, yconsignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 04062 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de Espaæa paraprestar servicios en las FuerzasArmadas Espaæolas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 096-2006-RE Lima, 3 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que trece (13) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del señorPresidente de la República, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de laRepública, autorizará a los peruanos para servir en unejército extranjero; Que en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y elDecreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a los ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, cuya relación formaparte de la presente Resolución Suprema, para quepresten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores