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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2006 (11/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 314480 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 VISTA: La solicitud presentada por el señor Victor David Pacheco Zevallos, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital: "FRENTE CHACLA2006", del distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que mediante solicitud presentada el 11 de octubre de 2005, el señor Víctor David Pacheco Zevallos, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital: "FRENTE CHACLA 2006" del distrito deChaclacayo, provincia y departamento de Lima, solicitó a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas, la inscripción de dicha organización política en el RegistroEspecial que conduce; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el artículo 17º de la Ley de PartidosPolíticos Nº 28094, modificado por el artículo 2º de la Ley Nº 28581, esto es, I) Relación de adherentes en número no menor del 1% de los ciudadanos quesufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización política local desarrolla sus actividades,advirtiéndose en tal sentido que con Oficios Nºs. 1039 y 1385-2005-GAE/RENIEC de fechas 17 de octubre y 21 de diciembre de 2005, la Gerencia de ActividadesElectorales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó que de un total de 493 firmas presentadas se declararon válidas 322 firmas,cantidad que supera las 278 necesarias para tal efecto, II) Acta de Constitución de un comité en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento deLima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identificados, adicionalmente, han presentado acta de fundación, la que contiene el Ideario, el cual a suvez contiene los objetivos, principios así como la visión del distrito de Chaclacayo, la denominación, el domicilio legal. Además, contiene la designación delos personeros legales, técnico, apoderado y representante legal, asimismo, han presentado un estatuto; Que, con fecha 11 de febrero de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formulartacha contra la inscripción de la organización política solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentación correspondiente a lamisma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción,conforme es de verse en el Memorando Nº 428-2006- OOES/JNE de fecha 21 de febrero de 2006; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luegode cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de OrganizacionesPolíticas a la Organización Política Local Distrital: "FRENTE CHACLA 2006", del distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de Organizaciones Políticas Locales, Partida número Cincuenta y regístresela inscripción en el Asiento número Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legal titular y alterno a los señores VíctorDavid Pacheco Zevallos y Zoila Consuelo Rodríguez Azaña, respectivamente.Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas 04429 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 234-2006/JNE Mediante Oficio Nº 1064-2006-SG/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 234-2006/JNE, publicada en laedición del día 8 de marzo de 2006. En el décimo segundo Considerando:DICE: "Que, el tercer párrafo del artículo 18º de la Ley de Partidos Políticos, (...) también de fecha 15 de junio de 2006 (...)"; DEBE DECIR: "Que, el tercer párrafo del artículo 18º de la Ley de Partidos Políticos, (...) también de fecha 15 de junio de 2005 (...)"; 04444 ONPE Disponen la reincorporación de Jefes de las ODPE Huari y Arequipa RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 061-2006-J/ONPE Lima, 10 de marzo de 2006 VISTOS: El Recurso de Reconsideración interpuesto por la señora Kelli Geraldina Cotrina Durand contra la Resolución Jefatural Nº 047-2006-J/ONPE, del 21 de febrero del 2006; el Recurso de Reconsideración interpuesto por elseñor Carlos Ayre Yangali contra la Resolución Jefatural Nº 048-2006-J/ONPE, del 21 de febrero del 2006; el Oficio Nº 697-2006-OROP/JNE, emitido el 7 de marzo delpresente año por la Oficina del Registro de Organizaciones Políticas del JNE; el Oficio Nº 621-2006- OROP/JNE, emitido el 1 de marzo del presente año porla Oficina del Registro de Organizaciones Políticas del JNE; el Informe Nº 001-2006-CACM-MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 188-2006-GAJ/ONPE, ambos de laGerencia de Asesoría Jurídica de fecha 9 de marzo de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre de 2005, el Presidente de la República convoca a “Elecciones Generales el 9 de abril de 2006 para la elección de Presidente de la República,Vicepresidentes, Congresistas y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino”, modificado con el Decreto Supremo Nº 099-2005-PCM, de fecha 29 dediciembre de 2005; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 020-2006-J/ ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 deenero de 2006, se designó a las personas que desempeñarán los cargos de Jefe y Asistente Administrativo de las Oficinas Descentralizadas deProcesos Electorales en los procesos electorales antes citados, siendo seleccionados como Jefa de la ODPE Huari la señora Kelli Geraldina Cotrina Durand y comoJefe de la ODPE Arequipa, el señor Carlos Ayre Yangali;