Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2006 (13/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 13 de marzo de 2006 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Designar a los profesores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Cor tez Iriar te, especialistas de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, como representantes del Ministerio de Educacion para integrar la Comision que se encargara de la evaluacion de la gestion del Director Regional de Educacion de Piura. Articulo 2º.- La Comision debera remitir el Informe Final de la evaluacion, al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA y al Titular del Sector Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 04610

INTERIOR
Convocan a elecciones de directores pensionistas por parte de sus asociaciones para el Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial para el MORDAZA 28 de MORDAZA de 2006
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0825-2006-IN MORDAZA, 10 de marzo del 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley N° 28541, Ley que modifica los articulos 12° y 13° del Decreto Ley N° 21021 Ley de Creacion de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial -

, concordante con el Articulo 18° de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-75-CCFA, de fecha 22 de agosto de 1975, establece que la Direccion de la MORDAZA esta a cargo de un Consejo Directivo, presidido por un director designado por los Ministros de Defensa y del Interior, debiendo alternarse entre un miembro de las Fuerzas Armadas y uno de la Policia Nacional del Peru, e integrado entre otros por tres (03) directores designados por el Ministro de Defensa, uno de los cuales es pensionista de las Fuerzas Armadas elegido por sus asociaciones, y tres (03) directores designados por el Ministro del Interior, uno de los cuales es pensionista de la Policia Nacional del Peru, elegido por sus asociaciones; Que, asimismo, dicha MORDAZA dispone que los miembros del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial deben ser nombrados mediante Resolucion Ministerial, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes, ejerciendo su mandato por un periodo de dos (2) anos, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo; Que, mediante Disposicion Transitoria Unica de la Ley N° 28541, Ley que modifica el Decreto Ley N° 21021, se dispuso que los Ministerios de Defensa y del Interior coordinen las acciones necesarias para nombrar su MORDAZA Consejo Directivo, de conformidad con la modificacion del articulo 12°; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2006-DE/ SG, se aprobo el Reglamento del articulo 12° del Decreto Ley N° 21021, modificado por la Ley N° 28541, que regula la conformacion del Consejo Directivo de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial, el mismo que dispone en el articulo 8° de su Anexo que los Ministros de Defensa y del Interior convocaran a elecciones dentro de los diez (10) dias naturales contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del citado Decreto Supremo, con una anticipacion no menor de sesenta (60) dias naturales a la fecha de celebracion de las elecciones; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 8° del Reglamento del articulo 12° del Decreto Ley N° 21021, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0062006-DE/SG; y,

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