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PÆg. 314923 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la Asociación CENTRO DE OBRAS SOCIALES, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 16 de diciembre del 2004, legalizada por el Consulado General del Perú en Paterson - Nueva Jersey, se observa que THE CHIMBOTE FOUNDATION, ha efectuado una donación a favor de la Asociación CENTRO DE OBRAS SOCIALES; Que, los bienes donados consisten en equipos, materiales, instrumentos hospitalarios y de laboratorio, bombas para aumentar presión, materiales y útiles de oficina, repuestos de reparación y mantenimiento de equipos, motores eléctricos, materiales diversos de mantenimiento, ropa para adultos, niños e infantes, materiales de construcción, gasfitería y eléctricos, materiales y equipos para higiene y limpieza, juguetes infantiles, adornos y útiles navideños con un peso bruto de 5000 kilos, valorizado en US$ 57,500.00 (cincuenta siete mil quinientos y 00/100 dólares americanos) que será destinada a las personas de escasos recursos económicos de pobreza y extrema pobreza, para la posta médica, Laboratorio Clínico, Maternidad de María y para el Albergue de Niños Huérfanos de Chimbote; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por THE CHIMBOTE FOUNDATION, ha efectuado una donación a favor de la Asociación CENTRO DE OBRAS SOCIALES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la THE CHIMBOTE FOUNDATION, ha efectuado una donación a favor de la Asociación CENTRO DE OBRAS SOCIALES, los bienes donados consisten en equipos, materiales, instrumentos hospitalarios y de laboratorio, bombas para aumentar presión, materiales y útiles de oficina, repuestos de reparación y mantenimiento de equipos, motores eléctricos, materiales diversos de mantenimiento, ropa para adultos, niños e infantes, materiales de construcción, gasfitería y eléctricos, materiales y equipos para higiene y limpieza, juguetes infantiles, adornos y útiles navideños con un peso bruto de 5000 kilos, valorizado en US$ 57,500.00 (cincuenta siete mil quinientos y 00/100 dólares americanos) que será destinada a las personas de escasos recursos económicos de pobreza y extrema pobreza, para la posta médica, Laboratorio Clínico, Maternidad de María y para el Albergue de Niños Huérfanos de Chimbote. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 04871 Autorizan viaje de funcionario diplomÆtico para participar en laConferencia sobre Migraciones yDesarrollo que se realizarÆ en BØlgica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0302-2006-RE Lima, 13 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, el 15 y 16 de mayo de 2006, se llevará a cabo en la ciudad de Lima la "Primera Conferencia Internacional Especial, a nivel Ministerial de Países en Desarrollo con Flujos Sustanciales de Migrantes" habiéndoseleencargado al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Armando Román Morey, Asesor del Ministro y Embajador Especial para Asuntos de Desarmey Seguridad, la presidencia del Grupo de Trabajo de dicha Primera Conferencia; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Armando Román Morey, ha recibido de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) una invitación para participar en "Conferenciasobre Migración y Desarrollo" que se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 15 al 16 de marzo de 2006; Que, en dicho evento organizado por el Gobierno del Reino de Bélgica, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Comisión Europea y el BancoMundial, participarán distinguidas autoridades y expertos en el tema de la migración internacional; Que, la "Conferencia sobre Migración y Desarrollo" que se realizará en Bruselas constituye el marco propicio para que el Perú promueva políticamente la Conferencia Ministerial de Lima, para informar acerca de la importanciay trascendencia de este evento y para tratar de confirmar la presencia de las más altas autoridades internacionales en el mismo; Que esta oportunidad es propicia, además, para que se realicen gestiones de apoyo financiero con la Unión Europea, a fin de organizar un Seminario Regional enLima sobre la implementación de la Resolución Nº 1540 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas referida al cumplimiento de los instrumentos internacionales sobrearmas de destrucción masiva; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; enconcordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º delDecreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006; y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Armando Román Morey, Asesor del Ministro y EmbajadorEspecial para Asuntos de Desarme y Seguridad, para que participe de la "Conferencia sobre Migraciones y Desarrollo" que se llevará a cabo en la ciudad de