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PÆg. 314920 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2006 ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD 422,000.00 ANDINA (SGCAN) Saldo de la cuota del II trimestre y pago parcialdel III trimestre del año 2005 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD 78,000.00 ANDINA Saldo de la cuota del II trimestre y pago parcial del III trimestre del año 2005 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS 300.00 PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO)Saldo de la cuota del año 2003 y pago parcial del año 2004 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios,Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas delPresupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2006. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 04997 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 105-2006-RE Lima, 16 de marzo de 2006VISTO: El Oficio Nº 509-2006-EF/94.11 de fecha 16 de febrero de 2006, de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) por el que solicita alMinisterio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2006, a la OrganizaciónInternacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales delos cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera quepermitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2006 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV), a efectuar el pago de EUR 10,100.00 (DIEZ MIL CIEN Y00/100 EUROS) a la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO), correspondiente al pago de la cuota del año 2006.Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargoal presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores (CONASEV) Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 04998 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2006-RE Lima, 16 de marzo de 2006 VISTO: El Oficio Nº 155-2006/GEG-INDECOPI, de 21 de febrero de 2006, del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual (INDECOPI), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2006,a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual(OMPI); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, concargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera quepermitan potenciar la capacidad de negociación en lasgestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de losflujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2006 al Organismo Mundial de laPropiedad Intelectual (OMPI), con cargo al presupuestodel Instituto Nacional de Defensa de la Competencia yde la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual (INDECOPI), a efectuar el pago de CHF 5,697.00 francos suizos (CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTISIETE Y 00/100 FRANCOS SUIZOS) a laOrganización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI),correspondiente al pago de la cuota del año 2006. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual (INDECOPI). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a lafecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 04999