Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2006 (24/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de marzo de 2006

b. Ser informados por los otros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital sobre las propuestas que presentara a estas sesiones. c. Presentar su renuncia ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibido. Articulo 36º.- VACANCIA O RENUNCIA DEL REPRESENTANTE El cargo de representante de las organizaciones de la sociedad civil se declara vacante por el Consejo de Coordinacion Local, en los siguientes casos: a. Muerte. b. Enfermedad que impida el desempeno de sus funciones. Siempre y cuando sea a solicitud del representante. c. Por cambio domiciliario fuera de la jurisdiccion. d. Sentencia judicial que lo prive de la libertad. e. Inconcurrencia injustificada a las dos sesiones ordinarias del ano. CAPITULO III Articulo 37º.- INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO 1. El de Coordinacion Local Distrital se instalara cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital. 2. El Consejo de Coordinacion Local Distrital se reune ordinariamente dos (2) veces al ano y en forma extraordinaria cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital. 3. El quorum de las sesiones se establece con la mitad mas uno de sus miembros. En caso de no alcanzar el quorum reglamentario, se realizara una MORDAZA convocatoria en los siguientes treinta (30) minutos, iniciandose la sesion con los integrantes que estuvieran presentes. 4. Los acuerdos que adopte el Consejo de Coordinacion Local Distrital se obtendran con el MORDAZA conforme de la mitad MORDAZA mas uno de los integrantes presentes. El Presidente del Consejo de Coordinacion Local Distrital tiene MORDAZA dirimente. 5. El Consejo de Coordinacion Local Distrital, de estimarlo pertinente, puede solicitar la intervencion o asesoramiento de profesionales o entidades especializadas en los asuntos encomendados. 6. Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, no percibiran dietas, viaticos u otro MORDAZA de asignacion de la Municipalidad Distrital de La Perla. 7. La Subgerencia de Participacion Vecinal, sera la encargada de elaborar las actas, preparar las agendas y coordinar con los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital, a fin de asegurar la efectiva asistencia de los miembros a sus sesiones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Toda situacion no contemplada en el presente reglamento sera resuelta por el Comite Electoral. Segunda.- La Cedula de Sufragio asi como los gastos que demande el MORDAZA de elecciones seran cargados al presupuesto a gastos corrientes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad Distrital de La MORDAZA, bajo responsabilidad de su titular, publicara en el medio de mayor circulacion de la Provincia Constitucional del Callao, la presente Ordenanza dentro de los dos dias posteriores a la aprobacion en el Concejo Municipal, asi mismo debera realizar acciones de difusion, informacion y capacitacion del contenido y alcances de la presente Ordenanza a favor de las organizaciones de la sociedad civil. Segunda.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia convoque a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local, dentro del plazo MORDAZA de diez dias habiles con posterioridad a la publicacion de la presente Ordenanza. La eleccion se realizara dentro de los treinta dias calendario de la convocatoria.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05445

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de geomembrana PVC
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 070-2006 MDPL Pueblo Libre,15 de marzo del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: Los contenidos de los Informes Tecnico Nº 04-006 del Ingeniero residente de la obra: Construccion del Reservorio de Huashca de fecha 10 de marzo del 2006, y el Informe legal Nº 09-2-06 MDPL/AL de fecha 14 de marzo del 2006, en la sesion extraordinaria de Concejo Municipal de fecha:15 de marzo del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, los informes del visto, cuyos contenidos se reproducen, se han dado pronunciandose en forma unanime, la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de desabastecimiento y urgencia, para la adquisicion de Geomembrana PVC 1.00m.m, por un valor referencial de S/. 39,551.71 nuevos soles, por 1,341.39 M2. Que, la causal de desabastecimiento inminente, se encuentra previsto para su MORDAZA en el Art.21º del D.S. N° 083-2004-PCM, y el procedimiento a seguir esta previsto en el Art. 148 del Reglamento, normado por el D.S. 084-2004-PCM. Por estos considerandoos, y en uso de sus atribuciones conferidas por el Art. 41º de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal previas las deliberaciones del caso, por UNANIMIDAD. ACORDO: Articulo Primero. Exonerar del MORDAZA de seleccion por la causal de desabastecimiento y urgencia, la adquisicion de GEOMEMBRANA PVC 1.00m.m, por un valor referencial de S/. 39,551.71 nuevos soles, la cantidad de 1,341.39 M2. Articulo Segundo. Dar a conocer a la Contraloria General de la Republica, Contaduria Publica, y CONSUCODE, los contenidos de los Informes legales y tecnico, y del presente Acuerdo de Concejo Municipal, para los fines de ley. Articulo Tercero. Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo Municipal N° 070-2006 MDPL, en el Diario Oficial: El Peruano, de acuerdo a ley, dentro del plazo de los 10 dias establecidos. Articulo Cuarto. El Comite Especial de Adquisiciones y Contrataciones, debe dar inicio a las acciones que le corresponden de acuerdo al Art. 47º del D.S. Nº 0832004 PCM, previo MORDAZA de MENOR CUANTIA, bajo responsabilidad; por los fundamentos que se indican en la considerativa del presente Acuerdo de Concejo Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05355

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