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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2006 (08/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G33/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 8 de mayo de 2006 gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LA INMACULADA se encuentra inscrita en el Registrode Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana deCooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácterasistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación derecha 09 de diciembre de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de Madrid, se observa que la ONG Mano a Mano, ha efectuado una donación afavor de la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LA INMACULADA; Que, los bienes donados consisten en 16 paletas conteniendo harina de trigo, con un peso bruto manifestado de 11,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 19,626.00 kilos, y con un valor FOB de US$ 1,300.00(Un Mil Trescientos y 00/100 Dólares Americanos). Los bienes recibidos serán utilizados para apoyar la formación de los 520 menores albergados en la CasaHogar "Ciudad de los Niños de la Inmaculada", que tiene como misión la promoción y protección de menores en estado de abandono, peligro moral, alto riesgo o pobrezaextrema. Lo que incluye: alimentación, salud, vestido, educación y recreación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la ONG Mano a Mano a favor de la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LA INMACULADA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo alConsumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la ONG Mano a Mano a favor de la ASOCIACION CIUDAD DE LOS NIÑOS DE LA INMACULADA queconsiste en 16 paletas conteniendo harina de trigo, con un peso bruto manifestado de 11,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 19,626.00 kilos, y con un valor FOB deUS$ 1,300.00 (Un Mil Trescientos y 00/100 Dólares Americanos). Los bienes recibidos serán utilizados para apoyar la formación de los 520 menores albergados en laCasa Hogar "Ciudad de los Niños de la Inmaculada", que tiene como misión la promoción y protección de menores en estado de abandono, peligro moral, alto riesgo o pobrezaextrema. Lo que incluye: alimentación, salud, vestido, educación y recreación. Artículo Secundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que secontrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 08186RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0511-2006-RE Lima, 4 de mayo de 2006Visto los Expedientes Nº 11517-2005 y Nº 2424-2006, presentados por la ASOCIACIÓN ARCO IRIS, medianteel cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Chop Point, Inc., consede en los Estados Unidos de Norteamérica; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACIÓN ARCO IRIS se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce laAgencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donacionesde carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93- PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 9 de marzo de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en Boston, se observa que Chop Point, Inc. ha efectuadouna donación a favor de la ASOCIACIÓN ARCO IRIS; Que, los bienes donados consisten en 3 cajas, conteniendo 22 computadoras marca IBM, modelo 300pcfabricadas en el año 1990 completas (incluyen, teclados, monitor y mouse), amparado en la DUA Nº 235-2005- 10-027300-01-7-00 de fecha 06/04/2005, con un pesobruto de 1322.50 kilos, valorizado en US$ 3,990.20 (Tres Mil Novecientos Noventa y 20/100 Dólares Americanos), los cuales serán usados por los niños y adolescentestrabajadores de la ciudad de Huaraz, en el taller de capacitación ocupacional en informática, que implementará la Asociación; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Chop Point, Inc. a favor de la ASOCIACIÓN ARCOIRIS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Chop Point, Inc. a favor de laASOCIACIÓN ARCO IRIS, consistente en 3 cajas conteniendo 22 computadoras marca IBM, modelo 300pc fabricadas en el año 1990 completas (incluyen, teclados,monitor y mouse), amparado en la DUA Nº 235-2005- 10-027300-01-7-00 de fecha 06/04/2005, con un peso bruto de 1322.50 kilos, valorizado en US$ 3,990.20 (TresMil Novecientos Noventa y 20/100 Dólares Americanos), los cuales serán usados por los niños y adolescentes trabajadores de la ciudad de Huaraz, en el taller decapacitación ocupacional en informática, que implementará la Asociación. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se