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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2006 (25/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Jueves 25 de mayo de 2006 319411 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65 /G61 /G6C /G20/G61 /G70 /G65 /G6C /G6C /G69 /G64 /G6F /G20/G64 /G65 /G20/G46 /G69 /G73 /G63 /G61 /G6C /G20/G53 /G75 /G70 /G72 /G65 /G6D /G6F/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 030-2006-MP-FN-JFS Lima, 24 de mayo de 2006VISTO: El escrito presentado por el doctor José Antonio Peláez Bardales, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, solicitando larectificación de la Resolución Nº 027-2006-MP-FN- JFS. CONSIDERANDO: Que, advirtiéndose de actuados efectivamente se ha incurrido en error material al haberse consignado el apellido materno del referido magistrado en las partes visto y resolutiva de la Resolución de Juntade Fiscales Supremos Nº 027-2006-MP-FN-JFS de fecha 05.05.2006 como “Bardález” debiendo ser “Bardales”, es imperativo efectuar la corrección delcaso, por lo que, al amparo del primer numeral del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aplicableconforme a la Quinta Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno, aprobado porResolución Nº 071-2005-MP-FN-JFS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Rectificar la Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 027-2006-MP-FN de fecha5.5.2006 en cuanto al apellido materno del doctor José Antonio Peláez Bardález, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, debiendo decir“Bardales”. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, alseñor Ministro de Justicia, a la Gerencia Central de Personal, a la Oficina de Registro de Fiscales, y a la parte interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 09194 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G65/G6C/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G62/G61/G6D/G62/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 593-2006 Lima, 15 de mayo de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura) para que se le autorice el traslado temporal desu Agencia de la calle Grau Nºs. 213-215 a la calle Grau Nº 220, distrito y provincia de Huancabamba, departamento de Piura; y,CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justificalo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" mediante Informe Nº 083-2006-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadasmediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura), el traslado temporal de su Agencia de la calle Grau Nºs. 213-215 a la calle Grau Nº 220, distritoy provincia de Huancabamba, departamento de Piura. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005 (B-2147-2005)dentro de los siete (7) días calendario de formalizado el traslado, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. deberá reportar a esta Superintendencia lasacciones realizadas en el Anexo "B" "Movimiento de Oficinas", de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 09108 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C /G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G56/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65 /G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 067- 2006-P/TC Lima, 22 de mayo de 2006VISTA la Carta de invitación cursada por el señor doctor Pedro Pablo Tremps, Secretario de la ConferenciaIberoamericana de Justicia Constitucional; CONSIDERANDO:Que la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, con los auspicios de la AgenciaEspañola de Cooperación Internacional - AECI, ha programado la reunión preparatoria de la V Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional a llevarse acabo entre los días 29 y 30 de mayo del año en curso, en la ciudad de Santa Cruz de la República de Bolivia; evento en la que se expondrán las actividadespreparatorias, proyecto de Estatutos y otras acciones propias de la Conferencia que en el mes de octubre del presente año organizará el Tribunal Constitucional deChile; Que es de interés para los objetivos institucionales del Tribunal Constitucional, autorizar la participaciónen la citada reunión preparatoria de uno de sus Miembros, por permitir el intercambio de conocimientos y experiencias valiosas en beneficiode la justicia constitucional peruana; así como encomendarle actividades de carácter académico y visita a las instalaciones del Órgano ConstitucionalBoliviano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado por el Pleno del Tribunal Constitucional; y,