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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de noviembre de 2006 333563 Artículo 5º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre para que a través de las Administraciones Técnica Forestal y de Fauna Silvestre, ejecute lo dispuesto en la presente Resolución Gerencial procediendo a inmovilizar los productos forestales provenientes de la referida concesión, amparados con las Guías de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados por el saldo de los volúmenes autorizados mediante los documentos indicados en el Artículo 3º de la presente Resolución Gerencial, quedando a salvo los derechos de terceros quienes podrán acreditar sus derechos ante dichos órganos, siempre que éstos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo único. Artículo 6º.- Noti ficar la presente Resolución Gerencial al concesionario Empresa Forestal Gómez Vásquez S.R.L., así como a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre para que tome conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Artículo 7º.- La documentación dirigida a OSINFOR deberá ser presentada ante la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, quien actuará como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo único. Regístrese, comuníquese y publíquese.EMILIO LUCAS ÁLVAREZ ROMERO Gerente (e) de la O ficina de Supervisión de las Concesiones Forestales MaderablesOSINFOR 6055-1 Inician procedimiento administrativo único a persona natural por presunta infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 053-2006-INRENA-OSINFOR Lima, 31 de octubre de 2006 VISTO: El Informe Técnico-Legal Nº 053-2006-INRENA- OSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulación y Asuntos Normativos y la Unidad de Supervisión, Evaluación y Control de la OSINFOR, que da cuenta de la denuncia contenida en el Informe Nº 05-2006-INRENA-IFFS/DCB-(JCCM)-Veri ficaciones, de fecha 04 de mayo de 2006, respecto de las posibles causales de caducidad e infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre en que habría incurrido el concesionario MARCO ANTONIO VELA TORRES, con Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-003-03; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 19 de setiembre de 2003, el concesionario MARCO ANTONIO VELA TORRES, suscribe con el INRENA el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-003-03, para el aprovechamiento de los recursos forestales de la Unidad de Aprovechamiento Nº 59, cuya área es de 6,331 hectáreas, ubicadas en el Bosque de Producción Permanente de Ucayali; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 829-2004- INRENA-ATFFS-Puc., de fecha 16 de setiembre de 2004, la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, presentado por el concesionario MARCO ANTONIO VELA TORRES, titular del Contrato de Concesión Forestal Con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-003-03, en una super ficie de 316.50 hectáreas, cuya área se ubica en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 828-2004- INRENA-ATFFS-Puc., la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, aprueba el Plan de Manejo Forestal Complementario para la Zafra Excepcional, presentado por el concesionario MARCO ANTONIO VELA TORRES, titular del Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables N º 25-PUC/C-J-003-03, en una super ficie de 190 hectáreas, ubicadas en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 143-2005- INRENA-IFFS, de fecha 29 de abril de 2005, se aprueba el Plan General de Manejo Forestal al concesionario MARCO ANTONIO VELA TORRES titular del Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-003-03, en una super ficie de 6,331 hectáreas, ubicada en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 146-2005- INRENA-IFFS, de fecha 29 de abril de 2005, se aprueba el Plan Operativo Anual de la Segunda Zafra, al concesionario MARCO ANTONIO VELA TORRES, en una super ficie de 294 hectáreas, cuya área se ubica en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 211-2006- INRENA-ATFFS-PUCALLPA, de fecha 28 de abril de 2006, la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, aprueba el Plan Operativo Anual de la Tercera Zafra, en una super ficie de 299 hectáreas, cuya área se ubica en el distrito de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, de otro lado, mediante Resolución de Intendencia Nº 016-2005-INRENA-IFFS, de fecha 01 de febrero de 2005, se aprueba el Manual de Campo denominado “Metodología para la Inspección de las Parcelas de Corta Anual –PCA (situación de la caoba)” a ser utilizado por las brigadas de trabajo CITES. Este Manual contempla la veri ficación física de una muestra estadísticamente representativa de los árboles de caoba (Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata), declaradas en los Planes Operativos Anuales de las Concesiones Forestales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 67-2006-INRENA, de fecha 22 de marzo de 2006, se resuelve autorizar la conformación de siete (07) brigadas de trabajo para el departamento de Ucayali y una (01) Comisión de Asesoramiento que permitan a la Autoridad Administrativa CITES – Perú, Autoridad Cientí fica CITES – Perú y a la O ficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables – OSINFOR, la implementación de los artículos IV y V de la CITES en lo relativo a las especies caoba y cedro, respectivamente; INFORMES E INSCRIPCIONES Av. Arequipa 998 Sta. Beatriz 3er. Piso Of. 309 Teléfono 619-8500 anexo 1303-1304 Telefax 472-8493 Email: mrasmussen@ccpl.org.pe / epalacios@ccpl.org.peEXPOSITORES: DEL 11 AL 14 DE DICIEMBRE DE 2006 INCLUYE: SEPARATAS, CARTAPACIO, CD, COFFE BREAK, CERTIFICADO