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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de noviembre de 2006 333590 Que, atendiendo a las características del medicamento, y, de conformidad con los Informes Nº 39-2006-HN.LNS.PNP.DIVMED.DEP.NEF y 003-2006-DIRSAN-PNP/DIREJASS, se puede considerar a la Ciclosporina – Microemulsión 100 mg/ml x 50 ml NEORAL, como producto que no admite sustituto; Que, de conformidad con lo establecido por el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, procede la exoneración de la realización de un proceso de selección cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, en ese sentido, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Igual criterio se aplica en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, de lo expuesto, se puede desprender que se habría configurado la causal prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en consecuencia resulta procedente aprobar la exoneración de la adquisición del medicamento inmunosupresor NEORAL 100 mg/ml x 50 ml NEORAL de una Adjudicación Directa Selectiva; Que, el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que la exoneración debe ser aprobada por resolución del titular del pliego de la Entidad; Estando a lo dispuesto en el artículo 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, el cual dispone que la Ministra del Interior es el Jefe del Ministerio y Titular del Pliego Presupuestario respectivo, ejerciendo competencia funcional para planear, formular, dirigir, ejecutar, supervisar, controlar y avalar la política del Ministerio, así como en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y la Ley del Procedimiento Administrativo General, y; Contando con la visación de la O ficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN de fecha 22 de julio de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú del proceso de selección correspondiente por causal de bien que no admite sustituto y existir proveedor único, autorizándose la realización de las acciones inmediatas que permitan adquirir el medicamento Ciclosporina – Microemulsión 100 mg/ml x 50 ml., frasco, Neoral Sandimmun, por el importe de Ciento Cincuenta y Dos Mil Seiscientos Uno con 84/100 Nuevos Soles (S/. 152,601.84). Artículo 2º.- Encargar a la División de Logística de la Dirección de Sanidad de las Fuerzas Policiales que realice las acciones que correspondan para la adquisición inmediata del bien señalado en el artículo precedente de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O ficial El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE); así como, comunicar el contenido de la presente resolución y los informes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro del plazo de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web del Ministerio del Interior, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 6166-1JUSTICIA Prorrogan vigencia del D.S. Nº 017- 2006-JUS, mediante el cual se exoneró a los centros de conciliación del pago por derecho de trámite de autorización de Cierre de Centro de Conciliación DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2006-JUS, se exoneró a los Centros de Conciliación, del pago de los derechos de trámite de autorización de Cierre de Centro de Conciliación, señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia - TUPA, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2001-JUS, y sus modi ficatorias; Que, subsisten las razones que determinaron la exoneración dispuesta en el referido Decreto Supremo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, Decreto Supremo Nº 042-2001-JUS y sus modi ficatorias, Ley Nº 26872, y Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS, modi ficado por Decreto Supremo Nº 021-2006-JUS; DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga Prorrogar el plazo de vigencia del Decreto Supremo Nº 017-2006-JUS, hasta el 30 de junio de 2007. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 6170-5 Designan representante del Viceministro de Justicia ante la Comisión Multisectorial encargada de implementar acciones referidas en el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010, y del ejercicio de labores de monitoreo y evaluación del mismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 586-2006-JUS Lima, 24 de noviembre de 2006VISTO, el documento s/n de fecha 15 de noviembre de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2002-MIMDES, se constituyó la Comisión Multisectorial encargada de la implementación de las acciones señaladas en el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010, y del ejercicio de las labores de monitoreo y evaluación del mismo, la que se encuentra integrada, entre otros, por el Viceministro de Justicia o su representante; Que, por Resolución Ministerial Nº 492-2006- JUS, de fecha 28 de setiembre de 2006, se designó a la señora abogada Blanca Cecilia Fernández Dongo, Asesora de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, como representante del Viceministro de Justicia, ante la mencionada Comisión Multisectorial;