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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de noviembre de 2006 333596 la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6147-5 Modifican la R.M. N° 1001-2006/RE, mediante la cual se aprobó inafectación del IGV e ISC a donación efectuada a favor de Socios en Salud - Sucursal del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1431/RE Lima, 22 de noviembre de 2006Visto, el expediente Nº 12604-2006, presentado por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita recti ficar la Resolución Ministerial Nº 1001- 2006/RE sobre la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Dispensary Association - IDA, con sede en Amsterdam, Holanda. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 1001-2006/RE de fecha 16 de agosto de 2006, se aprobó la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; Que, mediante el expediente indicado en el visto, recibido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU solicita la rectificación de la Resolución Ministerial Nº 1001-2006/RE de fecha 16 de agosto de 2006, la misma que fue aprobada con base en los documentos sustentatorios del expediente Nº 1217-2006, en donde informaron, en Declaración Jurada de fecha 10 de enero de 2006 un: “valor US $ 1,572.48 y valor CIF 1,729.98”, correspondiente a la aprobación de inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo de la donación de medicamentos arribados al país con Guía Aérea Nº 1KOZ688; Que, mediante Carta S/N de fecha 12 de octubre de 2006 el ingeniero Esduar Zegarra Guillén, Jefe de Logística de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, declara que los medicamentos donados llegados a la Aduana Aérea del Callao, con un peso bruto de 12 kilos arribaron con un valor FOB de US $ 1,572.48 (Un mil quinientos setenta y dos y 48/100 Dólares americanos) como documento sustentatorio, Socios en Salud – Sucursal Perú adjunta copia de Noti ficación de SUNAT – Aérea del Callao Nº 235- 3E1310-2006-002878, y Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-102849-01-3-00 de fecha 1-Dic-05; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Operaciones y Capacitación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, mediante informe Nº 002-2006/APCI-GOC de fecha 25 de octubre de 2006; De conformidad con lo establecido en el artículo 201, inciso 1º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Recti ficar la Resolución Ministerial Nº 1001-2006/RE de fecha 16 de agosto de 2006, en los siguientes términos: • Cuarto considerando:Dice: “Que, los bienes donados consisten …… y un valor CIF de US $ 1,729.98 (Un mil setecientos veintinueve y 98/100 Dólares americanos), para ser distribuidos ……” Debe decir: “Que, los bienes donados consisten …… y un valor FOB de US $ 1,572.48 (Un mil quinientos setenta y dos y 48/100 Dólares americanos), para ser distribuidos ……”• Artículo Primero.- Dice: “Aprobar la inafectación…… y un valor CIF de US $ 1,729.98 (Un mil setecientos veintinueve y 98/100 Dólares americanos), para ser distribuidos……” Debe decir: “Aprobar la inafectación…… y un valor FOB de US $ 1,572.48 (Un mil quinientos setenta y dos y 48/100 Dólares americanos), para ser distribuidos……”. Artículo Segundo.- La Resolución Ministerial Nº 1001- 2006/RE queda subsistente en todos los demás términos que contiene. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6147-2 Autorizan viaje de profesional del Minis- terio a Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1443/RE Lima, 23 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la crítica situación en que se encuentra el edificio sede de la Misión del Perú en Tokio - Japón, hace necesario que el Ingeniero Andrés Paul Layseca Vargas, encargado de la O ficina de Infraestructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, viaje para inspeccionar “in situ” ésta situación y proceda a realizar una evaluación técnica con el fin de proponer la solución más conveniente para superar los problemas presentados; Que, la indicada inspección y veri ficación está prevista para el período comprendido entre el martes 28 de noviembre de 2006 y el viernes 1 de diciembre de 2006, debiendo el indicado ingeniero viajar con carácter de urgencia a la ciudad de Tokio, Japón; De conformidad con la Cuarta Disposición complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, los artículos Nº 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Ley Nº 27629; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del ingeniero Andrés Paul Layseca Vargas, encargado de la O ficina de Infraestructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Tokio, Japón, del 28 de noviembre al 1 de diciembre de 2006, con la finalidad de proponer las medidas inmediatas que permitan resolver adecuadamente los problemas de infraestructura que presenta la sede de la Embajada del Perú en dicha ciudad. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente resolución estarán a cargo del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Andrés Paul Layseca Vargas2,198.78 260.00 4+2 1,560.00 30.25