Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de noviembre de 2006 333593 Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Especí fica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2006. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constituciónal de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6170-11 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 436-2006-RE Lima, 25 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene ficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.1 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales q ue se detallan a continuación, por el importe de US$ 1,267,341.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTIUNO Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA COMISIÓN PERMANENTE DEL PACÍFICO SUR (CPPS) 540,977.00 Saldo cuota 2004 y cuotas 2005 y 2006 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES PARA EL DESARROLLO 374,028.00 INDUSTRIAL (ONUDI)Pago mínimo para recuperar derecho a voto ORGANIZACIÓN P ARA LA PROHIBICIÓN DE LAS ARMAS 170,000.00 QUIMICAS (OPAQ)Cuotas 2003, 2004 y pago parcial cuota 2005 ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN 182,336.00 AMAZÓNICA (OTCA)Cuota 2006 Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Especí fica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2006. Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constituciónal de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6170-12Aprueban inafectación del IGV e ISC a donaciones efectuadas a favor de diversas asociaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1430/RE Lima, 22 de noviembre de 2006 Visto, los expedientes Nº 9090-2006 y Nº 10628-2006, presentados por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Partners in Health, con sede en Boston, Massachusetts, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi ficatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi ficado de Donación de fecha 7 de marzo de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en Boston se observa que, Partners in Health ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en un (1) bulto conteniendo 554 cajas con 30 bolsitas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10688, y 446 cajas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10689, de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 0156-2005-SA/OGCI emitida por la O ficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 261.00 kilos y un peso bruto recibido de 293.00 kilos, y un valor FOB de US $ 43,235.40 (Cuarenta y tres mil doscientos treinta y cinco y 40/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2005-10-025746-00 de fecha 31-Mar-05 y Volante de Despacho Nº 01156737 de fecha 14-Mar-05. La donación será destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001 – 2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto