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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de noviembre de 2006 333595 de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certi ficado de Donación de fecha 15 de marzo de 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Nueva York se observa que, International Planned Parenthood Federation, ha efectuado una donación a favor de la asociación INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE – INPPARES; Que, el bien donado consiste en un (1) bulto conteniendo 700 unidades de Trocar – Norplant, con un peso bruto de 3 kilos y valorizado en US $ 1,617.00 (Un mil seiscientos diecisiete y 00/100 Dólares americanos). Donación destinada al Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), para los servicios de asistencia social en el campo de la salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation a favor de la asociación INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE – INPPARES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation a favor de la asociación INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE – INPPARES consistente en un (1) bulto conteniendo 700 unidades de Trocar – Norplant, con un peso bruto de 3 kilos y valorizado en US $ 1,617.00 (Un mil seiscientos diecisiete y 00/100 Dólares americanos). Donación destinada al Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), para los servicios de asistencia social en el campo de la salud; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6147-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1434/RE Lima, 22 de noviembre de 2006Visto, los expedientes Nº 10912-2006 y Nº 11019- 2006, presentados por SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Partners in Health, con sede en Boston, Massachusetts, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi ficatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certi ficado de Donación de fecha 18 de junio de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en Boston, se observa que, Partners in Health ha efectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en un (01) bulto conteniendo 513 cajas (x 30 bolsitas) de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10630, 487 cajas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10631, y 545 cajas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10633, de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 0142-2005-SA/OGCI emitida por la O ficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 953 kilos y un peso bruto recibido de 771 kilos, y con un valor FOB de US$ 73,603.80 (Setenta y tres mil seiscientos tres y 80/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 235-2004-10-054363-00 de fecha 6-Jul-04 y Volante de Despacho Nº 503493 de fecha 1-Jul-04. Será destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD – SUCURSAL PERU consistente en un (1) bulto conteniendo 513 cajas (x 30 bolsitas) de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10630, 487 cajas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10631, y 545 cajas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10633, de acuerdo a lo aprobado con Resolución Directoral Nº 0142-2005-SA/OGCI emitida por la O ficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, con un peso bruto manifestado de 953 kilos y un peso bruto recibido de 771 kilos, y con un valor FOB de US$ 73,603.80 (Setenta y tres mil seiscientos tres y 80/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de A duanas Nº 235-2004-10-054363-00 de fecha 6-Jul-04 y Volante de Despacho Nº 503493 de fecha 1-Jul-04. Será destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del marco del: “Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Perú, años 2001-2005”, bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Perú, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a