Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2006 (30/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333701

o dependencias de la SUNAT, o a traves de SUNAT Operaciones en Linea, el Formulario N° 845, el cual esta disponible en SUNAT Virtual (http://www.sunat.gob.pe). En el referido formulario se consignara la informacion detallada en el instructivo publicado en SUNAT Virtual, el mismo que se refiere a: 1. Numero de RUC del contribuyente. 2 Datos del software de emision de tickets. 3. Apellidos y nombres, denominacion o razon social del fabricante o proveedor nacional o extranjero del software, segun corresponda. 4 Lugar de almacenamiento informatico de informacion de los tickets emitidos. 5 Caracteristicas del numero correlativo. 6. Datos por dispositivo de impresion a declarar, en relacion al software. A los sistemas informaticos para la emision de tickets cuyo funcionamiento se autorice en virtud de la presente resolucion, le son aplicables -en lo que no se contraponga con esta norma- las disposiciones del Reglamento de Comprobantes de Pago referidas a los tickets emitidos por maquinas registradoras. En los tickets que se emitan mediante los mencionados aplicativos, se consignara el numero de serie del dispositivo de impresion, con lo cual se entendera cumplido el requisito a que se refiere el numeral 5.3 del articulo 8° del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y modificatorias. Para modificar cualquier MORDAZA del Formulario Nº 845 presentado y/o anadir informacion al mismo, segun sea el caso, los contribuyentes presentaran un MORDAZA Formulario Nº 845, que debera contener la informacion previamente declarada con las modificaciones y/o altas de equipos efectuadas. La informacion consignada en el ultimo formulario presentado sustituira en su totalidad a la consignada en el(los) Formulario(s) Nº 845 que se haya(n) presentado con anterioridad. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 6257-1

de MORDAZA, de fecha 12 de octubre del 2006 y demas antecedentes de caracter legal correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de septiembre del 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28880 ­ Ley que autoriza el Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006 y dicta otras medidas, en la cual se establecio en el Articulo 3.2 la ejecucion de Proyectos de Inversion mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los Gobierno Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, para lo cual se deben suscribir, previamente, Convenios con dichos niveles de Gobierno, los mismos que deben establecer la Disponibilidad de Recursos y su Fuente de Financiamiento, con cargo a la cual se ejecutaran las obras; Que, con fecha 26 de septiembre del 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, por el cual se regula el Procedimiento Especial para la Ejecucion de las Actividades y Proyectos bajo el ambito de la Ley Nº 28880, el cual es de obligatorio cumplimiento para las entidades que ejecutaran obras con cargo a los recursos aprobados en la citada Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 448-2006-MEM/ DM del 14 de septiembre del 2006, el Ministerio de Energia y Minas ha aprobado la desagregacion de los recursos a que se refiere el Credito Suplementario, aprobado por la Ley Nº 28880, dentro de los que se encuentran los recursos asignados a la Unidad Ejecutora Nº 002-DEP/MEM para la ejecucion de los Proyectos de Inversion para el Ano 2006, ascendente a S/. 57' 882,531.00; Que, el Ministerio de Energia y Minas y el Gobierno Regional han acordado que en aplicacion de lo establecido en el Articulo 3.2 de la Ley Nº 28880, se realizaran las transferencias financieras para la Ejecucion de los Proyectos de Inversion que forma parte del Convenio Nº 018-06-MEM suscrito entre el Ministerio y el Gobierno Regional de MORDAZA con fecha 12 de octubre del 2006; Que, a traves de la Clausula Octava, item 8.2.1, del Convenio Nº 018-06-MEM se establece en el Anexo Nº 01 la Relacion de Proyectos a ser ejecutados por el Gobierno Regional de MORDAZA y los cuales se senalan en el Cuadro Nº 01 de la presente Resolucion, precisandose que los 6 subproyectos cuentan con la declaracion de viabilidad (ver cuadro Nº 01) y han sido denominados por el MEM con el nombre de "ELECTRIFICACION DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH-SECTOR I"; Que, mediante Oficio Nº 360-06-MEM/DEP, de fecha 20 de octubre del 2006, el Ministerio senala al Gobierno Regional de MORDAZA realizar la emision de una Resolucion del Presidente del Gobierno Regional que apruebe la Relacion de Obras de Electrificacion Rural a ejecutarse, las cuales forman parte del Anexo Nº 01 al Convenio Nº 018-06-MEM, incluyendo su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y en el respectivo MORDAZA Electronico del Gobierno Regional (Articulo MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 024-2006); Que, estando a lo expuesto; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Proyectos de Electrificacion Rural del departamento de MORDAZA senalados en el Anexo Nº 01 del Convenio Nº 018-06MEM, y los cuales se mencionan en el Cuadro Nº 01 de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Proyectos de Electrificacion Rural del departamento de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0651-2006-GRA/PRE MORDAZA, 23 de noviembre de 2006 VISTOS: El Convenio Nº 018-2006-MEM suscrito entre el Ministerio de Energia y Minas y el Gobierno Regional

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