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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (13/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330444El Peruano viernes 13 de octubre de 2006 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G31/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D /G4D/G44/G4C/G50/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 024-2006-MDLP La Perla, 6 de octubre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de octubre del 2006, la Moción de Orden del Díapresentado por uno de los Miembros de la Comisiónde Servicios Sociales, señora Regidora MaríaLarenas de Castro, sobre la modificación del ArtículoPrimero de la Ordenanza Nº 021-2006-MDLP de fecha 25.9.2006; y CONSIDERANDO:Que, en el articulo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº28607 establece “las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia”; Que, la comunidad y el Estado protegen a la familial promueven el matrimonio, reconociéndoles como institutos naturales y fundamentales de la sociedad, al amparo del artículo 4º de la Constitución Políticadel Perú; Que, el Código Civil en su artículo 233º establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por finalidadcontribuir a su consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ordenanza Nº 021-2006-MDLP de fecha 25 setiembre del 2006, se aprobó autorizar lacelebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2006, parael día 22 de octubre de2006, exonerando los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial; Que, mediante Informe Nº 132-2006-SGRC-MDLP de fecha 04.10.2006 la Subgerencia de RegistrosCiviles informa a la Gerencia de Secretaria General,que existen en el distrito de La Perla, numerosas parejas que viven en unión de hecho y desean formalizar su estado civil careciendo a su vez derecursos económicos para sufragar los gastos quedemanda dicho acto matrimonial; Que, el matrimonio civil comprende no solo la apertura del expediente sino también el acto de celebración del mismo y examen médico prenupcial de los contrayentes por lo expuesto solicita lamodificación de la Ordenanza Nº 021-2006-MDLP ensu Artículo Primero.- Autorizar la celebración del IIMatrimonio Civil Comunitario 2006 para el día 22 deoctubre, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial así como la exoneración del acto decelebración y exámenes prenupcial; Que mediante Memorandum Nº 266-2006-GSG- MDLP la Gerencia de Secretaria General solicita a laGerencia de Asesoría Jurídica, Opinión Legal sobre el Informe Nº 132-2006-SGRC-MDLP; Que, mediante Memorandum Nº 678-2006-GAJ/ MDLP la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opiniónsobre el Informe Nº 1132-2006-SGRC/MDLP en laconclusión del citado memorandum opina por laprocedencia de la exoneración de los exámenes prenupciales en consecuencia procédase a la modificación del artículo primero de la OrdenanzaNº 021-2006-MDLP bajo los siguientes términos“Autorizar la celebración del II matrimonio civilcomunitario 2006 para el día 22 de octubre del2006,exonerándose a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial así como la exoneración del acto de lacelebración y exámenes prenupcial”, para tal efecto deberá ponerse a consideración del Pleno del ConcejoMunicipal para su respectiva aprobación; Que de conformidad con el artículo 34º del Reglamento Interno del Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006-MDLP donde diceexpresamente “que solo los proyectos que cuentencon Informes o Dictámenes de Comisiones, o hayansido dispensados del trámite de comisiones pasarána la estación de orden del día para su discusión y votación”; Que, mediante INFORME Nº108-2006-GSG- MDLP la Gerencia de Secretaria General remite alDespacho de Alcaldía, la documentación antes señalada; Que, mediante OFICIO Nº839-2006-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldía, remite la documentación ala Comisión de Servicios Sociales, para la emisión del Dictamen correspondiente; Que, mediante Moción de Orden del Día presentado por uno de los Miembros de la Comisiónde Servicios Sociales, señora Regidora María Larenas de Castro, señalando la importancia de la modificación el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 021-2006 MDLP con el texto siguiente: Artículo Primero.-Autorizar la celebración del II Matrimonio CivilComunitario 2006 para el día 22 de octubre de 2006,exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura del expediente matrimonial, así como la exoneración del acto de celebración y exámenesPrenupcial, para el beneficio de los vecinos; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, pase a Orden del Día para sudiscusión y votación; Que, siendo un deber de los gobiernos locales proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedadcautelando su legalidad y seguridad jurídica; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el pleno del concejo municipal el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNANIME de los señores (as) regidores(as)JULIO ENRIQUE OBLITAS FERNÁNDEZ, JUAN RUIZARSILA, LUIS ALBERTO SALINAS PEREZ, JUANHAMAMOTO MIYASATO, RAQUEL ALIAGA REBATTA,MARIA LARENAS DE CASTRO, JULIO CESAR BARRIENTOS SANDOVAL, ANA TORRES VDA. DE MORALES Y JUAN CARLOS RUEDA CUBA, con ladispensa de lectura y aprobación del acta se aprobó : ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 021-2006 MDLP con el texto siguiente: Artículo Primero.- Autorizar la celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2006 para el día 22 de octubre de 2006, exonerando a los contrayentes de losderechos de pago de apertura del expedientematrimonial, así como la exoneración del acto decelebración y exámenes Premupcial. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General a través de la Sub Gerencia deRegistros Civiles, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación en el Diario Oficial ElPeruano la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 02976-3