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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (13/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 13 de octubre de 2006 330445REPUBLICADELPERU MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G36/G2D/G32/G30/G30/G36/G2F /G4D/G44/G56/G2D/G43/G44/G56/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G70/G61/G67/G61/G6E/G64/G61/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 172-2006/MDV-CDV Ventanilla, 27 de setiembre de 2006 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el 4 de octubre del 2006 continuada del 27 de setiembre del 2006, el Pedido de Gerencia Municipal referente a Modificación del Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 006-2006/MDV-CDV del 5 de abril del 2006. CONSIDERANDO:Que con fecha 5 de abril del 2006, se expidió la Ordenanza Municipal Nº 006-2006/MDV-CDV mediante el cual se Aprueba la Ordenanza que regula la Propaganda Electoral en el distrito de Ventanilla; Que Gerencia Municipal realiza el pedido referente a la modificación del artículo 5º, último párrafo que dice: "... La Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Transporte ejercer160n control sobre la propaganda electoral conferida en la presente norma". Debiendo decir: "... La Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia Áreas Verdes y Ornato ejercerán control sobre la propaganda electoral conferida en la presente norma; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordado con el Artículo II del Título Preliminar, artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, el Concejo con el voto por UNANIMIDAD del número legal de sus miembros y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 006-2006/MDV-CDV del en el siguiente sentido: DICE: "... La Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Transporte ejercerán control sobre la propaganda electoral conferida en la presente norma" DEBE DECIR: "... La Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia Áreas Verdes y Ornato ejercerán control sobre la propaganda electoral conferida en la presente norma". Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente norma municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Ornato, para su conocimiento y fines respectivos. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 03017-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2F /G4D/G44/G56/G2D/G41/G4C/G43/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G20/G65/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G46._/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C ACUERDO DE CONCEJO Nº 176-2006/MDV-CDV Ventanilla, 27 de setiembre de 2006EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el 4 de octubre del 2006 continuada del 27 de setiembre del 2006, referente a Modificación de la Ordenanza Municipal Nº 006-2006/MDV-CDV del . CONSIDERANDO:Que con fecha 24 de marzo del 2004 se expidió la Ordenanza Municipal Nº 008-2004/MDV-ALC mediante el cual se Aprueba el Manual de Organizaciones y Funciones de la Procuraduría Publica Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que con fecha 19 de mayo del 2004 se expidió la Ordenanza Municipal Nº 015-2004/MDV-ALC mediante el cual se Modifica la Ordenanza Municipal Nº 008-2004/MDV-ALC y se Aprueba el Manual de Organizaciones y Funciones de la Procuraduría Publica Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Que se hace necesario modificar el inciso c) de la Ordenanza Municipal Nº 015-2004/MDV-ALC referido a Requisitos mínimos, Facultad y Atribuciones de los Procuradores Públicos Municipales que dice: c) Experiencia mínima de quince (15) años en el ejercicio de la Abogacía; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordado con el Artículo II del Título Preliminar, Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, el Concejo con el voto por UNANIMIDAD del número legal de sus miembros y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- MODIFICAR el inciso c) referente a Requisitos Mínimos de la Ordenanza Municipal Nº 015- 2004/MDV-ALC del 19 de mayo del 2004, en el siguiente sentido: FACULTAD Y ATRIBUCIONES DE LOS PROCURA- DORES PÚBLICOS MUNICIPALES REQUISITOS MÍNIMOS: "DICE:- Ser peruano de nacimiento - Título Profesional de Abogado - Experiencia mínima de quince (15) años en el ejercicio de la Abogacía. - Estar colegiado y cumplir las obligaciones que le permitan el ejercicio de la profesión - Capacitación constante. DEBE DECIR:FACULTAD Y ATRIBUCIONES DE LOS PROCURA- DORES PÚBLICOS MUNICIPALES REQUISITOS MÍNIMOS: - Ser peruano de nacimiento - Título Profesional de Abogado - Experiencia mínima de cinco (05) años en el ejercicio de la Abogacía. - Estar colegiado y cumplir las obligaciones que le permitan el ejercicio de la profesión - Capacitación constante. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente norma municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, para su conocimiento y fines respectivos. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN JOSE LOPEZ ALAVA Alcalde 03017-2