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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 19 de octubre de 2006 330821REPUBLICADELPERU DE AMAZONAS S.R.L, para el financiamiento parcial de la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que formaparte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARI-LLADO DE AMAZONAS S.R.L efectúe anulaciones concargo a tales recursos, de conformidad con lo establecidoen la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamientodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,Actividad 1 000060 Asistencia a las InstitucionesPrivadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentranprevistos en el Convenio Específico de Financiamientodel Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE YALCANTARILLADO DE AMAZONAS S.R.L Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publiquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : EMUSAP S.R.L. COD PROYECTOS TIPO DE MONTO DE SNIP EJECUCIÓN INVERSIÓN PRESUPUEST ARIA SECTORIZACIÓN DEL SISTEMA 27692 DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA INDIRECTA 1,761,585.00 POTABLE DE CHACHAPOYAS TOTAL 1,761,585.00 03198-4 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G45/G44/G41/G43/G55/G53/G43/G4F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E /G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 353-2006-VIVIENDA Lima, 16 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, con el objeto definanciar los proyectos de inversión que se encuentrandetallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamiento que seránejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, los GobiernosRegionales, los Gobiernos Locales Provinciales yDistritales, así como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento;Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo seaprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma quedebe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entreotras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicena las Empresas Prestadoras de Servicio de SaneamientoMunicipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercercompetencias compartidas con los gobiernos regionales ylocales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funcionesgenerales, la de generar condiciones para el acceso a losservicios de saneamiento en niveles adecuados de calidady sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado porla Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 019-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del SectorSaneamiento - PARSSA ha emitido opinión favorable a latransferencia financiera a efectuarse a favor de laENTIDAD MUNICIPAL PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CUSCO S.A. - SEDACUSCO S.A., para la ejecución de los proyectos descritos en elAnexo que forma parte de esta Resolución por la sumatotal de S/. 6 196 564,00 el mismo que cuenta con Informesobre disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, laDirectiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para laEjecución del Proceso Presupuestario del GobiernoNacional para el Año Fiscal 2006, aprobada conResolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 delArtículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 6 196 564,00 (SEIS MILLONES CIENTONOVENTA Y SEIS MIL, QUINIENTOS SESENTA Y CUATROY 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinariosa favor del ENTIDAD MUNICIPAL PRESTADORA DESERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL CUSCO S.A. - SEDACUSCO S.A., para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta ResoluciónMinisterial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la ENTIDAD MUNICIPAL PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DELCUSCO S.A. - SEDACUSCO S.A., efectúe anulacionescon cargo a tales recursos, de conformidad con loestablecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamientodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,Actividad 1 000060 Asistencia a las InstitucionesPrivadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente.