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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (19/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330836El Peruano jueves 19 de octubre de 2006 motivos por el cual no se acreditan las funciones sectoriales, es el indicador que el Gobierno Regional delCallao no cuenta con Direcciones Regionales yDirecciones de Línea, que asumirían en mayor númerolas Funciones a Transferir; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1º del Título III del Plan Anual de Transferencia 2005, aprobado por el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, elGobierno Nacional a la fecha, no ha cumplido con elProceso de Adecuación Administrativo y Organizacionaldel Sector, a la nueva situación generada por la existenciade los Gobiernos Regionales del departamento de Lima, de la Provincia Constitucional del Callao y de Lima Metropolitana, por no contar con las DireccionesRegionales y Direcciones de Línea, por lo que se requierecontar con un instrumento legal que permita que lasFunciones y Competencias del Director Regional y losDirectores de Línea sean asumidas por los Gerentes Regionales y las respectivas Jefaturas, a fin de que permita la certificación y la respectiva acreditación; Que, mediante Informe Técnico Nº 329-2006- REGION CALLAO/GRDE, la Gerencia Regional deDesarrollo concluye que la Estructura Organizativa delGobierno Regional presenta dificultades en el Proceso de Acreditación, especialmente para el cumplimiento del requisito específico: Directores Regionales, los Sectoresa la fecha no han suscrito los Convenios que plantea lanorma del Proceso de Transferencia y que algunosSectores a nivel Nacional tienen sus DireccionesRegionales de Lima y Callao bajo su jurisdicción; otros no tienen Direcciones Regionales en Lima y Callao, en los dos casos no se han adecuado administrativamentepara permitir su transferencia a los Gobiernos Regionalesde Lima, Lima Metropolitana y Callao. Asimismo,recomienda que esta Coordinadora del Proceso deTransferencia, estima por conveniente aprobar oportunamente esta Iniciativa Legislativa para que sea considerada e incorporada en la modificación del Art. 8ºde la Ley Nº 27902, Duodécima Disposición Transitoria,Complementaria y Final de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, por el Congreso de la República en lapresente Legislatura; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 886-2006-GRC/GAJ, opina que resultalegalmente procedente que el Consejo Regional haciendouso de su facultad de Iniciativa Legislativa, proponga alCongreso de la República, la modificación del Art. 8º dela Ley Nº 27902 que modifica a su vez la Duodécima de las Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, la Comisión Regional de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorialdel Gobierno Regional del Callao a través del DictamenNº 011-2006-GRC-CR-P-COM:ADM.PLAN.PRESUP y AT, propone al Pleno del Consejo Regional la aprobación de la Propuesta de Iniciativa Legislativa que modifica elArt. 8º de la Ley Nº 27902 que modifica la DuodécimaDisposición Transitoria, Complementaria y Final de la LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, considerando losustentado y recomendado por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, así como por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867, señala que “LosAcuerdos del Consejo Regional expresan la decisión deeste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse auna conducta o norma institucional”; Que, por estas consideraciones, de conformidad con el Segundo Párrafo del Artículo 107º de la ConstituciónPolítica del Perú, concordante con el artículo 9º literal i) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y con el literal m) del artículo 3º delReglamento Interno del Consejo Regional del Callaoaprobado por Ordenanza Regional Nº 00006-2003-CR/RC, se establece la facultad de Iniciativa legislativa quetienen los Gobiernos Regionales en materias que les son propias, por lo cual el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao propone al Congreso de la Repúblicala iniciativa legislativa de modificar el artículo 8º de la Ley Nº 27902 que modifica la Duodécima de las DisposicionesTransitorias, Complementarias y Finales de la LeyOrgánica de los Gobiernos Regionales; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de octubre del 2006, con el voto aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidaspor la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aprobadapor Ley Nº 27867, su modificatoria aprobada por LeyNº 27902 y por el Reglamento Interno del ConsejoRegional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0006-2003-CR/RC y sus modificatorias; ACUERDA:Artículo Primero.- PROPONER al Congreso de la República la Iniciativa Legislativa de modificación del artículo 8º de la Ley Nº 27902 que modifica a su vez la Duodécima de las Disposiciones Transitorias,Complementarias y Finales de la Ley Nº 27867, LeyOrgánica de los Gobiernos Regionales, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente norma regional a la que se le debe adicionar un Quinto Párrafo, quedando redactado de la siguiente manera: “DUODÉCIMA.- Régimen de las Direcciones Regionales sectoriales” (……….) “En aquellos Gobiernos Regionales donde no existan Direcciones Regionales, las Gerencias Regionalesrespectivas a través de sus Oficinas dependientes,ejercerán las funciones que los Sectores les transfieran,previo cumplimiento de los requisitos establecidos en laLey del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales”. Artículo Segundo.- REMITIR el presente Acuerdo a la Oficialía Mayor del Congreso de la República parasu trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional, debiendo remitir lapresente norma a la Oficialía Mayor del Congreso de laRepública. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia de Administración proceda a la publicación del presenteAcuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario deMayor Circulación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FERNANDO GARCÍA HUBY Presidente del Consejo Regional (e) 03189-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E /G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G54/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G4F/G6E/G65/G72/G6F/G73/G6F/G20/G64/G65/G4C/G6F/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G50/G61/G63/G68/G61/G63/GFA/G74/G65/G63/G22 DECRETO REGIONAL Nº 02-2006-Gobierno Regional del Callao-PR Callao, 13 de octubre de 2006 VISTOS: El Informe Nº 066-2006-REGION CALLAO/ JPPNPYPECP-AL de fecha 4 de setiembre de 2006 del