Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2006 (19/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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330838

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 19 de octubre de 2006

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen que recursos generados por cobranza de multas impuestas por la Direccion Regional de Produccion constituiran recursos propios del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2006-GR.LAMB./CR Chiclayo, 23 de agosto de 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 14.AGO.2006, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional en el Capitulo XIV del Titulo V, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional N° 28607, establece en su Articulo 191° que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa, asimismo en el inciso 5) del Articulo 192° establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socioeconomico regional, ejecutar los planes y programas correspondientes. Que, el Articulo 14° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, menciona en su inciso a), que el gobierno mas cercano a la poblacion es el mas idoneo para ejercer la competencia o funcion, por consiguiente el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas mas eficientemente por los Gobiernos Regionales y estos a su vez no deben hacer aquello que puede ser ejecutado por los Gobiernos Locales, evitandose asi la duplicidad y superposicion de funciones. Que, el inciso a) del Articulo 15° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, establece como atribucion del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, Que, el Articulo 52° de la MORDAZA anteriormente aludida en sus incisos a) y b), establece como funciones de los Gobiernos Regionales en materia pesquera, el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola de la region y administrar, supervisar y fiscalizar la gestion de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdiccion; Que, la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA, realiza acciones de Seguimiento, Vigilancia y Control permanente en los puertos, caletas, establecimientos industriales pesqueros, MORDAZA mayorista pesquero, operativos de verificacion y constatacion del cumplimiento de la normatividad, de los periodos de MORDAZA, de contar con permisos de pesca, cumplimiento a la actividad acuicola entre otros cuyos procedimientos y los organos responsables estan contemplados en el Decreto Supremo N° 008-2002-PE, y se sustentan en los informes emitidos por inspectores de seguimiento, control y vigilancia a la Comision Regional de Sanciones de la Direccion Regional de Produccion; Que, en materia de pesqueria el Articulo 52° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902, establece como funciones

de los Gobiernos Regionales b) Administrar, supervisar y fiscalizar la gestion de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdiccion, e) Velar y exigir el adecuado cumplimiento de las normas tecnicas en materia de pesqueria. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes; Que, estas y otras funciones del sector ya han sido transferidas y acreditadas por el Consejo Nacional de Descentralizacion, segun Resoluciones Gerenciales N° 031-CND-GFR-2005 y Resolucion Gerencial N° 014CND-GTA-2005, de fechas 13 de MORDAZA del 2005 y 27 de MORDAZA del 2005 respectivamente; Que, estas funciones ya son realizadas con el personal que actualmente cuenta la Direccion Regional de Produccion MORDAZA, por lo que la transferencia de funciones; aunque necesaria desde el punto de vista formal, no ha sido requisito indispensable para su eficiente cumplimiento; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 174-2001PE, autoriza a constituir, la Comision Regional de Sanciones de MORDAZA, la que se efectiviza mediante Resolucion Directoral N° 039-2001-CTAR-LAMB/DRPE, y actualizada por Resolucion Directoral Regional Sectorial N° 048-2006-GR.LAMB/DIREPRO que regula el MORDAZA sancionador en el ambito regional para las actividades pesqueras maritimas artesanales acuicola y de menor escala; Que, esta Comision Regional de Sanciones es reconocida como organo sancionador por el Decreto Supremo N° 008-2002-PE, y como tal esta facultada para aplicar las sanciones previstas en este dispositivo de acuerdo a su competencia; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3422006-GR.LAMB/PR de 15.AGO.2006, se encarga a la Vicepresidenta Regional Sra. Lic. Enf. Nery Enny MORDAZA de Kroll a partir del 16.AGO.2006, las funciones inherentes al cargo de Presidente Regional, por vacaciones del titular del pliego. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR que los recursos generados por la cobranza de las multas que impone la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA, constituiran recursos propios del Gobierno Regional de MORDAZA, debiendose depositar en la cuenta de Recursos Directamente Recaudados de la entidad, de conformidad con las normas senaladas en la presente Ordenanza Regional, recursos que deberan incorporarse al Presupuesto de la referida Direccion Regional como ingresos propios de la misma. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e) 03192-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2006-CR/GRM 23 de septiembre del 2006

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