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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330850El Peruano jueves 19 de octubre de 2006 CUADRO C PARQUES Y JARDINES 2007 (Montos Trimestrales) UBICACIÓN RESPECTO A USO ACTIVIDAD O GIRO ÁREAS VERDES ABC D CASA HABITACIÓN. 83.00 76.06 57.54 50.92 GENERAL, GOBIERNO CENTRAL, INSTITUCIONES PUBLICAS DESCENTRALIZADAS Y/O PERSONERÍA JURÍDICA PROPIA, EMBAJADAS, MISIONES 95.9189.382.68 76.06 DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES ENTIDADES RELIGIOSAS, FUNDACIONES, ASOCIACIONES Y OTROS. CUADRO D SERENAZGO 2007 (Montos Trimestrales) CATE- DESCRIPCIÓN ÁREAS GORÍA 0 1 2 3 A TERRENOS SIN CONSTRUIR. 27.78 34.48 43.58 31.43 B PREDIOS CON USO 34.26 41.93 49.75 37.10 CASA HABITACIÓN. C PREDIOS CON USO INDUSTRIA, 55.06 71.03 76.38 58.89 COMERCIO EN GENERAL. D GOBIERNO CENTRAL, LOCAL, 458.57 513.56 578.46 461.56 EMBAJADAS, INST. PUB. DESCENTRALIZADAS, UNIVERSIDADES, INST. SUPERIORES Y CULTURALES HOSPITALES Y CLINICAS. E SUPERMERCADOS Y 0.00 782.56 849.99 778.90 GRANDES ALMACENES. F TRAGAMONEDAS, BINGOS, 1,031.84 1,192.491,279.57 1,038.52 DISCOTECAS, CINES, CASINOS, HOTELES 4 Y 5 ESTRELLAS. 03227-1 /G46._/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA Nº 246 Miraflores, 17 de octubre de 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:El Concejo de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades sonórganos de Gobierno Local con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, asimismo el artículo 74º del mismo cuerpo legal, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales,potestad que es reconocida en el Artículo 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear,modificar, suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas,licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cualesse regulan las materias en las que la Municipalidad tienecompetencia normativa;Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobadopor Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a lasmunicipalidades a cobrar por el servicio de emisiónmecanizada de actualización de valores, determinaciónde impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 deenero de cada ejercicio; Que, conforme con lo expuesto resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizadade actualización de valores, determinación de tributosy de recibos de pago del Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales para el ejercicio 2007; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º yel artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidadcon la dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA FIJAN MONTOS POR EMISIÓN, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE TRIBUTOS PARA EL EJERCICIO 2007 Artículo 1º.- Establézcase en S/. 8.00 (ocho y 00/100 nuevos soles) el monto anual que deberán pagar los contribuyentes por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinacióndel impuesto predial, distribución de la declaraciónjurada y hojas de liquidación para el ejercicio 2007,hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicionalse abonará S/. 2.00 (dos y 00/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 4.00 (cuatro y 00/100 nuevos soles) el monto anual que deberán pagar loscontribuyentes cuyo Impuesto Predial sea igual al6% del valor de la UIT, por concepto de emisiónmecanizada de actualización de valores, determina- ción del impuesto predial, distribución de la declaración jurada y hojas de liquidación para el ejercicio 2007. Artículo 3º.- Fíjese en S/. 1.00 (un y 00/100 nuevo sol) el monto por recibo trimestral que deberán abonarlos contribuyentes por concepto de emisiónmecanizada, determinación, distribución y liquidación para el ejercicio 2007 de cada uno de los arbitrios municipales. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 03227-2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 167-MSI Mediante Oficio Nº 545-2006-08-SG/MSI, la Municipalidad de San Isidro solicita se publique Fe deErratas de la Ordenanza Nº 167-MSI, publicada en laedición del 6 de octubre de 2006. DICE: Artículo 2º.- ÓRGANOS COMPETENTES m. Otorgar, a través de la Gerencia de Tesorería