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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (24/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331354El Peruano martes 24 de octubre de 2006 Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de UrgenciaNº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la LeyNº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Cesar Rolando Castillo Ramírez, Embajador Extraordinario yPlenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto, para que participe en la "Sexta Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o Restablecidas", que serealizará en la ciudad de Doha, Estado de Qatar, del 29 de octubre al 1 de noviembre del 2006. Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de viáticos, tarifa e impuestos por uso de aeropuertos queirrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 23886 -Misiones Diplomáticas y Acciones de Política Exterior, debiendo el citado funcionario diplomático rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida reunión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Viáticos Número T otal T arifa Apellidos por día De Vi áticos Aeropuerto US$ Días US$ US$ César RolandoCastillo Ramírez 260.00 4+2 1, 560.00 62.00 Artículo Tercero.- Los gastos por concepto de pasajes que irrogue el viaje del citado funcionario diplomático, serán cubiertos por la asignación para gastos de funcionamiento y gestión de la Embajada del Perú en la República Árabe deEgipto, con cargo a posterior reintegro de parte del PliegoPresupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el citado funcionario diplomático, deberá presentar un informe de las acciones realizadas durante su viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03456-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G53/G43 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G61/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G69/G6E /G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G75/G63/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1276/RE Lima, 19 de octubre de 2006 Visto, el expediente Nº 7388-2006, presentado por el CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida deEmmaus International, con sede en Alfortville, Francia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normasmodificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC,entre otros, las donaciones que se realicen a favor de lasEntidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI, se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad conla Directiva de procedimientos de aceptación yaprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación 13 de junio 2003, legalizada por el Consulado General del Perú en París se observa que, Emmaus International, ha efectuadouna donación a favor del CENTRO DE PROMOCIÓNSOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI; Que, los bienes donados consisten en 358 paquetes conteniendo 64 fardos de ropa de verano usada, 39 fardos de ropa de invierno usada, 235 cajas de ropa de verano usada, 1 caja de 1 m 3 de zapatos de invierno y verano usados, 6 cajas de zapatos de invierno y verano usados, 5 cajas de ropa blanca, 1 fardo de mantas, 4 cajas de leopardos de mujeres, 1 caja de 1 m3 de mantas y 2 cajas de mantas; con un peso bruto manifestado de 9,526 Kg. y un peso bruto recibido 10,300 Kg. con un valor FOB de 4,500.00 (Cuatro mil Quinientos 00/100 Euros), amparados con la Declaración Única de Aduana Nº 118-2003-10-084688-01-3 de fecha 21-Jul-03 y Volante de Despacho Nº 00005786 de fecha 16-Jul-03. Los bienesdonados servirán para apoyar gratuitamente a las familias demenos recursos económicos de las ciudades de Piura y Trujillo, a través de las Comunidades Emanús respectivas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobarmediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Emmaus International a favor del CENTRO DEPROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Emmaus International a favor del CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI, consistente en 358 paquetes conteniendo 64 fardos de ropa de verano usada, 39 fardos de ropa de inviernousada, 235 cajas de ropa de verano usada, 1 caja de 1 m 3 de zapatos de invierno y verano usados, 6 cajas de zapatos de invierno y verano usados, 5 cajas de ropa blanca,1 fardo de mantas, 4 cajas de leopardos de mujeres, 1 caja de 1 m 3 de mantas y 2 cajas de mantas; con un peso bruto manifestado de 9,526 Kg. y un peso brutorecibido 10,300 Kg. con un valor FOB de 4,500.00 (Cuatro mil Quinientos 00/100 Euros), amparados con la Declaración Única de Aduana Nº 118-2003-10-084688- 01-3 de fecha 21-Jul-03 y Volante de Despacho Nº 00005786 de fecha 16-Jul-03. Los bienes donados servirán para apoyar gratuitamente a las familias de menosrecursos económicos de las ciudades de Piura y Trujillo, a través de las Comunidades Emanús respectivas. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03456-2