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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331356El Peruano martes 24 de octubre de 2006 peso bruto de 36.15 kilos y un valor FOB de 6,572.60 (Seis mil quinientos setentidós y 60/100 Euros). Bienes destinados para la Fundación Oftalmológica del Norte, Piura Perú, que utilizará como beneficio final para las personas de escasos recursos económicos en el departamento de Piura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada porChristoffel Blindenmission e.V. a favor de la FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA DEL NORTE, PIURA PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Christoffel Blindenmission e.V. afavor de la FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA DEL NORTE, PIURA PERÚ, consistente en: I. 2,000 (Dos mil) tabletas de Acetazolamida, 1,000 (Un mil) tabletas de Prednisolona y 30 (Treinta) colirioAciclovir, con un peso bruto de 2.06 kilos y un valor FOB de 536.00 (Quinientos treintaiseis y 00/100 Euros). II. 100 (Cien) lentes intraoculares, con un peso bruto de 2.09 kilos y un valor FOB de 726.00 (Setecientos veintiséis y 00/100 Euros). III. 12 (Doce) Suturas 6-0 Vicryl, 6 (Seis) lámparas de repuesto HE0004, 1 (Un) oftalmoscopio, 6 (Seis)lámparas de repuesto HE0006, 2 (Dos) tonómetros, 1(Un) gonioscopio y 2 (Dos) set de ensayo de lentes, con un peso bruto de 10.19 kilos y un valor FOB de 943.00 (Novecientos cuarentitrés y 00/100 Euros). IV. 20 (Veinte) Gentadexa, 50 (Cincuenta) colirio Tropicamide, 100 (Cien) Hyalase, 1 (Un) equipo devictrectomía, con un peso bruto de 25.33 kilos y un valor FOB de 3,207.00 (Tres mil doscientos siete y 00/100 Euros). V. 100 (Cien) Metilcelulosa en jeringas, 420 (Cuatrocientos veinte) suturas 10-0 Nylon, 60 (Sesenta) suturas 9-0 Nylon y 650 lentes intraoculares con un peso bruto de 36.15 kilos y un valor FOB de 6,572.60 (Seis mil quinientos setentidós y 60/100 Euros). Bienes destinados para la Fundación Oftalmológica del Norte, Piura Perú, que utilizará como beneficio final para las personas de escasos recursos económicos en el departamento de Piura. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03456-4 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G64/G65/G20/G50/G61/G6C/G6C/G61/G73/G63/G61/G20/G79/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4E/G75/G65/G76/G6F/G49/G6D/G70/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G2D/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 377-2006-VIVIENDA Lima, 20 de octubre de 2006CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversión que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por las Empresas MunicipalesPrestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza elMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, paraproyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dichoMinisterio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación,en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 024-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA ha emitido opiniónfavorable a la transferencia financiera a efectuarse afavor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA, para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución por la suma total de S/. 8 836 127,00 el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada conResolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 delArtículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 8 836 127,00 (OCHO MILLONESOCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL, CIENTO VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Provincial de Pallasca para la ejecución de los proyectos descritosen el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la Municipalidad Provincial dePallasca efectúe anulaciones presupuestarias con cargoa tales recursos, de conformidad con lo establecido en laLey Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamientodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,