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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 24 de octubre de 2006 331355REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1277/RE Lima, 19 de octubre de 2006 Visto, el expediente Nº 7387-2006, presentado por el CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida deEmmaus International, con sede en Alfortville, Francia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI, se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación yaprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación 22 de julio 2003, legalizada por el Consulado General del Perú en París se observa que, Emmaus International, ha efectuado una donación a favor del CENTRO DE PROMOCIÓNSOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI; Que, los bienes donados consisten en 2,028 paquetes conteniendo dos mil (2,000) bultos de ropa usada; catorce (14) camas de hospital; catorce (14) colchones, con unpeso bruto manifestado 10,150 kgs. y un peso bruto recibido de 8,400.00 kilos, con un valor FOB de 3,811.00 (Tres mil ochocientos once y 00/100 Euros), amparados con la Declaración Única de Aduanas Nº 118-2003-10-122690-01-2 de fecha 20-Oct-03 y Volante de Despacho Nº 00007836 de fecha 14-Oct- 2003. Los bienes donados servirán para atender a la población de escasos recursos económicos del departamento de La Libertad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Emmaus International a favor del CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por Emmaus International a favor del CENTRO DE PROMOCIÓN SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI, consistente en 2,028 paquetes conteniendodos mil (2,000) bultos de ropa usada; catorce (14) camasde hospital; catorce (14) colchones, con un peso brutomanifestado 10,150 kgs. y un peso bruto recibido de 8,400.00 kilos, con un valor FOB de 3,811.00 (Tres mil ochocientos once y 00/100 Euros), amparados con la Declaración Única de Aduanas Nº 118-2003-10-122690-01-2 de fecha 20-Oct-03 y Volante de DespachoNº 00007836 de fecha 14-Oct-2003. Los bienes donadosservirán para atender a la población de escasos recursos económicos del departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03456-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1278/RE Lima, 19 de octubre de 2006 Visto, los expedientes Nº 3328-2005 y Nº 4866-2006, presentados por la FUNDACIÓN OFTALMOLOGICA DEL NORTE, PIURA PERU mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a ladonación recibida de Christoffel Blindenmission e.V., consede en Bensheim, Alemania. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, la FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA DEL NORTE, PIURA PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruanade Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácterasistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificados de Donación Nº PER/ 7415/20, Nº PER/7415/22, Nº PER/7415/16+21, Nº PER/7415/19 y Nº PER/7415/18, todos con fecha 8 de julio de 2002, legalizados por el Consulado General del Perú en Hamburgo se observa que, Christoffel Blindenmission e.V. ha efectuado una donación a favor de la FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA DEL NORTE, PIURA PERÚ; Que, los bienes donados consisten en: I. 2,000 (Dos mil) tabletas de Acetazolamida, 1,000 (Un mil) tabletas de Prednisolona y 30 (Treinta) colirioAciclovir, con un peso bruto de 2.06 kilos y un valor FOB de 536.00 (Quinientos treintaiseis y 00/100 Euros) II. 100 (Cien) lentes intraoculares, con un peso bruto de 2.09 kilos y un valor FOB de 726.00 (Setecientos veintiséis y 00/100 Euros). III. 12 (Doce) Suturas 6-0 Vicryl, 6 (Seis) lámparas de repuesto HE0004, 1 (Un) oftalmoscopio, 6 (Seis)lámparas de repuesto HE0006, 2 (Dos) tonómetros, 1(Un) gonioscopio y 2 (Dos) set de ensayo de lentes, con un peso bruto de 10.19 kilos y un valor FOB de 943.00 (Novecientos cuarentitrés y 00/100 Euros). IV. 20 (Veinte) Gentadexa, 50 (Cincuenta) colirio Tropicamide, 100 (Cien) Hyalase, 1 (Un) equipo devictrectomía, con un peso bruto de 25.33 kilos y un valor FOB de 3,207.00 (Tres mil doscientos siete y 00/100 Euros). V. 100 (Cien) Metilcelulosa en jeringas, 420 (Cuatrocientos veinte) suturas 10-0 Nylon, 60 (Sesenta) suturas 9-0 Nylon y 650 lentes intraoculares con un