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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 24 de octubre de 2006 331357REPUBLICADELPERU Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos de Inversión Ley Nº 28880, en la fuente RecursosOrdinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Provincial de Pallasca. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo queantecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALLASCA COD PROYECTOS TIPO DE MONTO DE SNIP EJECUCIÓN INVERSIÓN PRESUPUEST ARIA 17191 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN INDIRECTA 1,929,714.00 DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANT ARILLADO DE LALOCALIDAD DE CABANA 20232 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN INDIRECTA 1,892,408.00 DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANT ARILLADO DE LA LOCALIDAD DE PALLASCA 20426 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN INDIRECTA 1,331,813.00 DEL SISTEMA DE AGUA POTABLEY ALCANT ARILLADO DE LA LOCALIDAD DE TAUCA MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓNDEL SISTEMA DE AGUA 16837 POT ABLE Y ALCANTARILLADO DE INDIRECTA 1,295,098.00 LA LOCALIDAD DE BOLOGNESI MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓNDEL SISTEMA DE AGUA 17207 POT ABLE Y ALCANTARILLADO DE INDIRECTA 1,282,967.00 LA LOCALIDAD DE CONCHUCOS 16768 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN INDIRECTA 1,104,127.00 DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE YALCANT ARILLADO DE LA LOCALIDAD DE FERRER TOT AL 8,836,127.00 03455-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 380-2006-VIVIENDA Lima, 20 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectosde inversión que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales yDistritales, así como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras querealiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a lasEmpresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercercompetencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios desaneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 008-2006-MVCS/ VMCS-DNS-JGM, la Dirección Nacional de Saneamiento - DNS, constatando la viabilidad otorgada por la OPI de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL CAÑETE, para el financiamiento de la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de estaResolución por la suma total de S/. 3 073 951,00 el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, laDirectiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada conResolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 3 073 951,00 (TRES MILLONES SETENTAY TRES MIL, NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/ 100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial -Cañete para la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto descrito en el referido Anexo, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital deNuevo Imperial - Cañete efectúe anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos deInversión Ley Nº 28880, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamiento