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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 24 de octubre de 2006 331359REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 379-2006-VIVIENDA Lima, 20 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectosde inversión que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por las Empresas MunicipalesPrestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras querealiza el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de SaneamientoMunicipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece comouna de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad ysostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 026-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA ha emitido opiniónfavorable a la transferencia financiera a efectuarse afavor del GOBIERNO REGIONAL DE PASCO para la ejecución de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución por la suma total deS/. 16 313 396,00 en el presente año el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para elAño Fiscal 2006, aprobada con Resolución DirectoralNº 052-2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049- 2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación del numeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 16 313 396,00 (DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL, TRESCIENTOS NOVENTAY SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente RecursosOrdinarios a favor del Gobierno Regional de Pasco parael financiamiento de la ejecución de los proyectosdescritos en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución de los proyectos descritos en el referidoAnexo, quedando prohibido que el Gobierno Regional dePasco efectúe anulaciones presupuestarias con cargoa tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamientodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos de Inversión Ley Nº 28880, en la fuente RecursosOrdinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentranprevistos en el Convenio Específico de Financiamientodel Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Pasco. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo queantecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: GOBIERNO REGIONAL DE PASCO COD PROYECTOS TIPO DE MONTO DE SNIP EJECUCIÓN INV ERSIÓN PRESUPUEST ARIA 6845 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE INDIRECTA 466,078.00 LOS SISTEMAS DE AGUA Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDADDE Y ANAHUANCA 8418 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE INDIRECTA 777,608.00 LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGÜEDEL ASENTAMIENTO HUMANO JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI 7008 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE INDIRECTA 567,904.00 LOS SISTEMAS DE AGUA Y DESAGÜEDE VICCO 31304 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL INDIRECTA 701,283.00 SISTEMA DE DESAGÜE Y TRA TAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LA LOCALIDAD DE JATUNPAMPAEN EL DISTRITO DE HUACHON 7033 MEJORAMIENTO Y REHABILITACIÓN INDIRECTA 152,600.00 DE LOS SISTEMAS DE AGUA YDESAGÜE EN LA LOCALIDAD DE PAUCAR 2936 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE INDIRECTA 8,684,781.00 LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTODE AGUA POTABLE Y ALCANTARI-LLADO DE OXAPAMPA - OXAPAMPA 8042 CONSTRUCCIÓN DE LOS SISTEMA INDIRECTA 4,709,418.00 DE AGUA Y DESAGÜE DE CIUDAD CONSTITUCIÓN 7672 AMPLIACIÓN DE SISTEMA DE INDIRECTA 147,280.00 DESAGÜE DE COLQUIJIRCA 5781 AMPLIACIÓN Y REHABILIT A CIÓN DEL INDIRECTA 106,444.00 SISTEMA DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN DE EXCRETAS DEL CENTRO POBLADO DE HUAYO TOT AL 16,313,396.00 03455-3 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 031-2006-VIVIENDA Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 031-2006- VIVIENDA, publicado en la edición del día 21 de octubre de 2006.