Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2006 (25/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 25 de octubre de 2006

del Callao- MORDAZA Sur"; aprobadas por Resolucion de Presidencia Nº 009-2006-PD-OSITRAN. La nueva version de las Bases, que incluyen las modificaciones, constituyen parte integrante de la presente resolucion. Segundo.- Comunicar la presente Resolucion al Comite Especial designado por Resolucion Nº 041-2006-GGOSITRAN a fin de continuar llevando a cabo la conduccion y ejecucion del MORDAZA de seleccion. Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de OSITRAN y de la APN. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 03444-2

Establecen tarifa MORDAZA por uso de instalaciones para carga aerea en el Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" para el ano 2007
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 060-2006-CD-OSITRAN
MORDAZA, 19 de octubre del ano 2006 El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; VISTOS: El Informe Nº 036-06-GRE-OSITRAN, con relacion al reajuste de la tarifa MORDAZA por uso de instalaciones para carga aerea para el 2007 en el Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" - AIJCH, y el Proyecto de Resolucion de Consejo Directivo, presentados por la Gerencia General en su Sesion de fecha 18 de octubre del ano 2006. CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 054-2005-CD-OSITRAN se derogo la Resolucion de Consejo Directivo Nº 015-2003-CD-OSITRAN, que aprobo la Directiva para el Reajuste Anual del Pago por Concepto de Uso de Instalaciones de Carga en el AIJCH. En dicha modificacion, adicionalmente, se excluyo el servicio uso de las instalaciones de carga en las infraestructuras aeroportuarias del alcance del Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Uso Publico (REMA); Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 073-2005-CD-OSITRAN del 25 de noviembre del ano 2005, se establecio la tarifa MORDAZA por el uso de las instalaciones para carga aerea en el AIJCH en US$ 0,188 por kilogramo. Dicha tarifa es aplicable a la carga que entra o sale del recinto aeroportuario, proveniente o con destino a almacenes externos, para el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del ano 2006; Que, el 1 de setiembre del ano 2006, MORDAZA Airport Partners S.R.L., mediante Carta LAP-GCCO-C-2006-00113 presento su propuesta de reajuste tarifario por el uso de instalaciones a la carga en el AIJCH para el ano 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer en US$ 0,0192 (uno punto noventa y dos centavos de dolar) por kilogramo de carga, la tarifa MORDAZA por uso de las instalaciones para carga aerea en el Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007. Articulo 2º.- Precisar que MORDAZA Airport Partners S.R.L. podra establecer una tarifa por uso de las instalaciones para carga aerea en el AIJCH, que este por debajo del tope establecido en el Articulo 1º de la presente resolucion, de conformidad con su politica comercial, respetando el MORDAZA de no discriminacion, el Articulo 33º del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN y demas disposiciones aplicables de dicha MORDAZA, asi como cumpliendo lo estipulado por la Clausula Sexta del Contrato de Concesion. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion y el Informe Nº 036-2006-GRE-OSITRAN a MORDAZA Airport Partners S.R.L. Articulo 4º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web institucional (www.ositran.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, la tarifa MORDAZA por el uso de las instalaciones para carga aerea en el AIJCH, fue fijada en el punto tercero del Apendice Primero del Anexo 5 del Contrato de Concesion del AIJCh, hasta el ano 2002; Que, el Numeral 2.2 del Anexo 5 del Contrato de Concesion establece que, luego del periodo de aplicacion de las tarifas a que se refiere el considerando precedente, el pago por concepto de uso de las instalaciones de carga aerea se ajustara anualmente previa aprobacion de OSITRAN; Que, el Numeral 3.1 del Articulo 3º de la Ley de Supervision de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, aprobada mediante la Ley Nº 26917, establece que OSITRAN tiene como mision regular el comportamiento de los mercados en los que actuan las Entidades Prestadoras, con la finalidad de cautelar en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios, para garantizar la eficiencia en la explotacion de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico; Que, el Literal b) del Numeral 7.1 del Articulo 7º de la referida Ley atribuye a OSITRAN la funcion de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ambito, fijando las tarifas correspondientes en los casos en que no exista competencia en el mercado; Que, el literal d) del Numeral 3.1 del Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobada por la Ley Nº 27332, senala que la funcion reguladora de los Organismos Reguladores comprende la facultad de fijar tarifas de los servicios bajo su ambito; Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 015-2003-CD-OSITRAN del 30 de setiembre del ano 2003, se aprobo la Directiva para el Reajuste Anual del Pago por Concepto de Uso de Instalaciones de Carga en el AIJCH; Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 046-2004-CD-OSITRAN del 28 de setiembre del ano 2004, se establecio el cargo por el uso de las instalaciones para carga aerea en el AIJCH en US$ 0,180 por kilogramo para el periodo 1 de enero al 31 de diciembre del ano 2005;

MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 03444-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Imponen sancion administrativa disciplinaria de destitucion a servidor del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 206-2006-PR-GR MORDAZA MORDAZA, 16 de setiembre de 2006 EL PRESIDENTE del GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Vistos, el Informe Nº 010-2006-GR PUNO/CPPA, Oficio Nº 035-2006-GR PUNO/CPPA, referidos al MORDAZA administrativo instaurado en contra de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 373-2005-PR-GR PUNO; CONSIDERANDO: Que, el Capitulo XII del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, en sus diferentes articulos, regula las faltas administrativas disciplinarias pasibles de sanciones

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