Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2006 (26/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

331490
VERTICE A B C D LATITUD SUR 5° 49' 02.412" 5° 48' 38.389" 5° 48' 12.389" 5° 48' 39.291" 81° 81° 81° 81° 05' 05' 05' 05'

NORMAS LEGALES
16.178" 35.078" 28.078" 09.345"

El Peruano jueves 26 de octubre de 2006

LONGITUD OESTE

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) anos, renovable por periodos iguales; debiendo la titular de la concesion cumplir con lo establecido en el Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola, asi como: - Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion del area acuatica, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de otorgada la concesion. - Tramitar ante el Ministerio de la Produccion la autorizacion para la instalacion de colectores para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. - Presentar informes semestrales a la Direccion General de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de la Produccion MORDAZA, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Obtener la calificacion sanitaria emitida por la Direccion de Inspeccion y Control Sanitario del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, y presentar a la Direccion General de Acuicultura y a la Direccion Regional correspondiente, MORDAZA de dar inicio a sus actividades de cosecha. Articulo 4º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral seran causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de la Produccion MORDAZA, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Acuicultura 03516-2

publicos, fondos o aguas marinas y continentales, se obtiene a traves del otorgamiento de la concesion respectiva, previo cumplimiento de los requisitos senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion y asimismo, previa a la suscripcion de un Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola con la Direccion General de Acuicultura; Que mediante Resolucion Directoral Nº 601-2004/DCG del 3 de diciembre del 2004, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, designa 3 extensiones habiles para el desarrollo de la actividad de acuicultura, a favor del Ministerio de la Produccion, con un total de 299.79 Has. ubicadas entre Islotes MORDAZA y Punta Pan de Azucar, distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, las mismas que fueron solicitadas por la Empresa SEACORP SAC. Que como resultado del informe Parcial del IMARPE "Prospeccion bioceanografica en el Litoral de la provincia de Huarmey", se evidencio que parte de las areas solicitadas se encontraban sobre zonas de pesca, por lo que la Direccion General de Acuicultura con Oficio Nº 2463-2005-PRODUCE/DNA del 16.12.05, propone nuevas coordenadas geograficas de 2 areas que dan un total de 248.67 Has., ubicadas adecuadamente en dicha zona; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Concha de Abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de 248.67 Has, ubicada entre Islotes MORDAZA y Punta Pan de Azucar, distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente a efectos de obtener la concesion solicitada, ha sido calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante el Certificado Ambiental de Estudio de Impacto Ambiental Nº 023-2006PRODUCE/DIGAAP; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se desprende que la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos y los procedimentales, establecidos en el procedimiento Nº 37 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27460 - Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa SEACORP PERU S.A.C., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Concha de Abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de doscientos cuarenta y ocho hectareas y seis mil setecientos metros cuadrados (248.67) Has., ubicada entre Islotes MORDAZA y Punta Pan de Azucar, distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas (DATUM WGS 84): AREA: 99.17 Has. VERTICE 1 2 3 4 5 AREA: 149.5 Has. VERTICE 1 2 LATITUD SUR 9° 50' 59" 9° 51' 21" LONGITUD OESTE 78° 14' 40" 78° 14' 40" LATITUD SUR 9° 50' 37" 9° 50' 24" 9° 50' 37" 9° 50' 57" 9° 51' 12" LONGITUD OESTE 78° 15' 11" 78° 14' 44" 78° 14' 40" 78° 14' 40" 78° 15' 11"

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-2006-PRODUCE/DGA
MORDAZA, 3 de octubre del 2006 Visto lo el escrito de Registro Nº 38015 del 14 de agosto del 2006, presentado por la empresa SEACORP PERU S.A.C. mediante el cual solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala. CONSIDERANDO: Que el articulo 14º, numeral 14.1 de la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura dispone que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga concesiones para el desarrollo de la acuicultura en terrenos de dominio publico, fondos o aguas marinas y continentales; Que conforme a lo establecido en los articulos 19º y 20º del Reglamento de la Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 0302001-PE, el acceso a la actividad de acuicultura en terrenos

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