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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (26/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331492El Peruano jueves 26 de octubre de 2006 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G53/G75/G69/G7A/G61 /G79/G20/G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G4D/G61/G6E/G65/G6A/G6F/G53/G6F/G73/G74/G65/G6E/G69/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G73/G20/G79/G20/G41/G67/G75/G61/G20/G65/G6E/G20/G4C/G61/G64/G65/G72/G61/G73/G2D/G20/G4D/G41/G53/G41/G4C/G22/G20/G46._/G61/G73/G65/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33 DECRETO SUPREMO Nº 070-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo yla Cooperación - COSUDE y la República del Perú,representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores,relativo al Proyecto "Manejo Sostenible de Suelos yAgua en Laderas - MASAL" Fase Nº 03, con vigencia del1 de julio de 2006 al 31 de diciembre de 2009 Ref.COSUDE: 7f-02654.03 , fue suscrito el 25 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú y elartículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidentede la República para celebrar y ratificar Tratados o adherira éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suizapara el Desarrollo y la Cooperación - COSUDE y laRepública del Perú, representada por el Ministerio deRelaciones Exteriores, relativo al Proyecto "ManejoSostenible de Suelos y Agua en Laderas - MASAL" FaseNº 03, con vigencia del 1 de julio de 2006 al 31 dediciembre de 2009 Ref. COSUDE: 7f-02654.03 , suscrito el 25 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República delPerú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03585-3 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G42/GE1/G73/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G43/G69/G65/G6E/G74/GED/G66/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F /G22/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G41/G6C/G74/G65/G72/G6E/G61/G74/G69/G76/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G6F/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G22 DECRETO SUPREMO Nº 071-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre elGobierno de la República del Perú y el Gobierno dela República Federativa de Brasil para laImplementación del Proyecto "Desarrollo de CultivosAlternativos para la Producción de Biocombustible" , fue suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad deLima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y elartículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherira éstos sin el requisito de la aprobación previa delCongreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnicaentre el Gobierno de la República del Perú y el Gobiernode la República Federativa de Brasil para laImplementación del Proyecto "Desarrollo de CultivosAlternativos para la Producción de Biocombustible" , suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima,República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03585-4 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G42/GE1/G73/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G43/G69/G65/G6E/G74/GED/G66/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G22/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G4D/GE9/G74/G6F/G64/G6F/G73/G4D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G6E/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G65/G73/GCD/G63/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G41/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61/G73/G22 DECRETO SUPREMO Nº 072-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobiernode la República del Perú y el Gobierno de la RepúblicaFederativa de Brasil para la Implementación delProyecto "Capacitación en Técnicas y MétodosModernos de Manejo de Especies Ícticas Amazónicas" , fue suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima,República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y elartículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidentede la República para celebrar y ratificar Tratados o adherira éstos sin el requisito de la aprobación previa delCongreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnicaentre el Gobierno de la República del Perú y el Gobiernode la República Federativa de Brasil para laImplementación del Proyecto "Capacitación en Técnicasy Métodos Modernos de Manejo de Especies ÍcticasAmazónicas" , suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03585-5